MASCOTAS

Esta es la razón por la que se recomienda incluir a tu perro en el testamento

Añadir a nuestros animales en el testamento siempre ha sido una opción disponible para cualquiera, pero no estaba debidamente recogido en el Código Civil español hasta ahora

Testamento mascotas

Testamento mascotas

D. M.

Desde el pasado 1 de enero, las mascotas han pasado a formar parte de la familia y son consideradas por ley como un miembro más. A partir de ahora, los animales ya están protegidos por la ley para que no puedan sufrir maltrato y las personas que quieran tener uno, sean responsables y tengan que responder por ellos.

Alrededor de las mascotas hay muchas preguntas y respuestas, desde las vacunas, a los cuidados o cómo hacer para que sean felices.

La nueva ley de mascotas

Los perros y los gatos son los animales más habituales que se suelen tener en casa en España.

La ley ahora exige hacer un examen antes de tener una mascota, un test para demostrar que estás capacitado para ello, aunque hay un número máximo para tener en el hogar y no se les puede tener atados en el balcón o patio durante un tiempo prolongado porque te pueden multar con hasta 50.000 euros.

La introducción de nuestras mascotas en el testamento

Que nuestros animales estén incluidos en nuestro testamento siempre ha sido válido para cualquiera. Eso sí, no estaba hasta ahora debidamente recogido en el Código Civil Español.

Con la reforma realizada el año pasado 2022, ya está bien recogido. En ella se introdujeron disposiciones concretas que permiten normalizar y favorecer el trámite para las personas que toman esta decisión.

En el caso de no incluirlos en el testamento, la administración podrá cederlo

Tal y como ha informado María González Lacabex, abogada y miembro de INTERcids, en una entrevista para 20 minutos, si ninguno de los sucesores quiere hacerse cargo del animal de compañía, la administración competente (generalmente el ayuntamiento) ‘podrá cederlo a un tercero para su cuidado y protección’. De manera que si nadie se ha hecho cargo de él, este se encontrará protegido por la legislación que regula el funcionamiento de estos centros”.

Sucesores que se quieran hacer cargo del animal

Si queremos que una persona en concreto se quede con nuestra mascota, debemos especificarlo en el testamento. Hablando primeramente con la persona que queramos que se haga responsable la debemos poner en el documento como 'la encargada de cuidarle'.