ENFERMEDADES IRREVERSIBLES

¿Puede darse en España un caso de eutanasia como el de la joven holandesa con depresión? "No", dicen los juristas sanitarios

La prestación tiene que cumplir como requisito primero que tiene que existir "una enfermedad grave irreversible" asegura Esperanza Marcos, presidenta de la Sección de Derecho Sanitario del ICAM

"Es una pena que una persona fallezca por una enfermedad que puede curarse", sostiene el doctor Luis Gutiérrez Rojas

Titular y fotografía de una entrevista de Ter Beek con 'The Free Press'

Titular y fotografía de una entrevista de Ter Beek con 'The Free Press' / EPE

El caso de Zoraya ter Beek, la joven holandesa de 28 años que ha solicitado la eutanasia pese a no tener ninguna enfermedad física, pero sí una profunda depresión, ha generado un gran debate internacional. En España, no sería posible, dice a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA Esperanza Marcos, presidenta de la Sección de Derecho Sanitario del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Nuestra legislación, asegura, "es garantista" y la prestación del derecho de poner fin a la vida tiene que cumplir como requisito primero que tiene que existir "una enfermedad grave irreversible" y que, esa persona, padezca sufrimientos físicos o psíquicos "que sean insoportables, constantes, con pronóstico de vida limitado y en un contexto de fragilidad progresiva".

La historia de Zoraya ter Beek, que además tiene autismo y trastorno límite de la personalidad, ha dado la vuelta al mundo. La chica sostiene que la severa depresión que padece ha marcado toda su vida. Residente en una localidad cerca de la frontera con Alemania, ha decidido someterse a la muerte asistida pese a no tener una enfermedad física. Pero asegura que ha llegado al límite y no puede sobrellevar más este trastorno mental con el que lleva años luchando.

En una entrevista al medio norteamericano The Free Press, asegura que ha tomado esta decisión después de que su psiquiatra le asegurara que no podían hacer nada más para mejorar su situación tras una depresión de la que no sale. La joven decidió que le administrarán la eutanasia en su casa. Será en el mes de mayo.

¿Sería posible en España?

¿Sería posible una situación similar en España?. La jurista sanitaria Esperanza Marcos responde que no. Desde la sección de Derecho Sanitario del ICAM, apunta, han abordado el tema y explican que en España la ley de la eutanasia, que entró en vigor en 2021, "lo fundamental que tiene respecto a otras del entorno europeo es que es una ley garantista". Y se explica: "Establece un procedimiento de petición en el que se tienen que cumplir una serie de requisitos y va a haber un control por un órgano -la Comisión de Garantías y Evaluación de cada comunidad autónoma- que es el que va a verificar si se cumplen".

La legislación española es un procedimiento de verificación a priori y es "diferente a lo que acontece en legislaciones como la holandesa" señala la jurista

La legislación española es un procedimiento de verificación a priori y es "diferente a lo que acontece en legislaciones como la holandesa, en las que ese control es a posterori, cuando muchas veces no se puede hacer nada. Esa es la gran diferencia", añade.

Federico de Montalvo, profesor de derecho y expresidente del Comité de Bioética de España apunta a este diario que hay que estar a lo que dijo en su día el Tribunal Constitucional, que señaló que el "padecimiento" del que habla la ley equivale a enfermedad, por lo que la pérdida de interés por vivir no entraría en esta categoría. En el caso de la enfermedad mental, si el padecimiento puede ser mitigado, no permite la eutanasia según nuesta legislación, y así lo han señalado las sentencias dictadas hasta ahora sobre este asunto.

Sentencias

Por el momento, la justicia española ha dictaminado en contra de la concesión de la eutanasia por sufrir depresión. En la primera sentencia que se dio a conocer sobre este asunto, de julio del pasado año, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria rechazó el recurso de una mujer que buscaba acogerse a la ley pese a que los médicos consideraron los requisitos para acceder a este derecho, ya que la depresión que sufría, pese a su carácter grave, tenía posibilidades de mejorar. 

Los magistrados recordaron en su resolución que no se daban los requisitos legales, que exigen un "sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable", que además no pueda ser aliviado y se enmarque en un pronóstico de vida limitado y de "fragilidad progresiva".

"Cansancio vital"

En un segundo caso, resuelto el pasado 12 de enero, por el Tribunal Superior de Justicia de Balerares, la paciente alegaba estar sumida en una situación de "cansancio vital" y manifestar conductas potencialmente suicidas, pero la Comisión de Garantías y Evaluación que analizó su caso emitió un informe totalmente desfavorable que ha sido validado por los jueces.

Una prestación asistencial

Esperanza Marcos abunda en el caso de la joven holandesa. "En España no ocurriría. ¿Por qué?. Porque la eutanasia está concebida como una prestación asistencial que está incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, lo que implica que es gratuita y se da como podría darse otra. Esta prestación del derecho de poner fin a la vida tiene que cumplir como requisito, primero, que tiene que haber de base una enfermedad grave irreversible.

Habla de sufrimientos "insoportables, constantes, con pronóstico de vida limitado y en contexto de fragilidad progresiva. Todo lo que no sea una enfermedad de estas características, no se puede solicitar la prestación. La puedes solicitar, pero te la deniegan".

Muy escrupuloso

Marcos detalla que, en nuestro país, el procedimiento está regulado por esa ley orgánica de eutanasia y es muy escrupuloso: "Empieza con que acudes a tu médico de Atención Primaria, que sabe la enfermedad que tienes, el padecimiento, y solicitas que quieres pedir la asistencia sanitaria en cuanto a prestación". Después, se rellena un formulario, se realizan entrevistas y se suceden varias fases.

Un médico consulta la historia clínica de un paciente.

Un médico consulta la historia clínica de un paciente. / PIM

"El médico evalúa contigo, para que sepas si hay otras alternativas. Si al cabo de los días persistes, rellenas un segundo formulario y entonces el médico se va a reunir y contrastar este tema con un médico consultor. Se examina la historia clínica y se emite un dictamen y te dicen si es favorable. Entonces, lo mandan a la Comisión de Garantías de cada comunidad autónoma", prosigue.

Los requisitos

Si se evalúa como favorable porque quien solicita la eutanasia cumple los requisitos, existen dos modalidades para que se ejecute: que le lo administre personal sanitario o que lo prescriban como fármaco y, con seguimiento, el paciente se lo autosuministra, desgrana la abogada.

Esa garantía en cuanto a esa protección de la salud no la tienen el resto de los países y, claro, genera muchos problemas

Esperanza Marcos, jurista

"Este es el procedimiento. Muy garantista", afirma. "Se controla desde el origen, es un derecho que se reconoce, es una ley orgánica que es de rango superior, esa garantía en cuanto a esa protección de la salud no la tienen el resto de los países y, claro, genera muchos problemas. En este tema hay muchos partidarios, pero también muchos detractores. El caso de esta persona no sería posible en España en yo pongo fecha, límite. No sería una candidata a solicitar la prestación", asegura la presidenta de la Sección de Derecho Sanitario del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid.

Un escenario previsible

Desde el punto de vista clínico, el doctor Luis Gutiérrez Rojas, manda un mensaje de esperanza a los pacientes. "Es una pena que una persona fallezca por una enfermedad que puede curarse", asegura el vocal de la Sociedad Española de Psiquiatría y Salud Mental (SEPSM) que admite que la situación que se ha planteado en Holanda con la joven Zoraya ter Beek, era un problema que los especialistas contemplaban.

Cuando aparece una ley de Eutanasia, el problema es qué hacemos con aquellas personas que quieren acabar con su vida porque tienen un sufrimiento psíquico

Luis Gutiérrez, psiquiatra

"Es decir, cuando aparece una ley de Eutanasia, el problema es qué hacemos con aquellas personas que quieren acabar con su vida porque tienen un sufrimiento psíquico y lo que sabemos es que la depresión tiene curación y mucha gente se pone mejor", continúa el médico.

El especialista alude directamente al caso de Holanda y habla de ese mensaje trasladado a la chica de que su depresión no puede mejorar: "Parece un mal mensaje. Cuando una persona fallece, ya no tiene vuelta atrás y solución ninguna".

Evaluación psíquica

"Lo que entendemos y ponemos encima de la mesa como psiquiatras y desde la sociedad es: 'Vamos a hacer todo lo posible por hacer una buena evaluación psíquica de los pacientes y todas las herramientas que tenemos para que mejoren y estamos convencidos de que los casos en los que piden la eutanasia por este motivo, serán menores'", abunda el psiquiatra.

Se refiere a sentencias como la que -"con buen criterio", apostilla-, este verano, dictó el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria. "En la mejora del sufrimiento psíquico, en el terreno de la depresión, tenemos resultados muy buenos y fármacos muy buenos. Entonces, es una pena que una persona fallezca por una enfermedad. Además, tan joven, más a nuestro favor", insiste el doctor Luis Gutiérrez Rojas. Incide en la esperanza: "Los pacientes que intentan suicidarse, luego mejoran y dicen: '¿Cómo estuve yo como para desear la muerte?'. Seamos optimistas y lancemos a las personas el mensaje de que acudan a los mejores centros públicos para encontrar un abordaje de su enfermedad".

Informe de Sanidad

El Informe de Evaluación Anual 2022 sobre la Prestación de Ayuda para Morir del Ministerio de Sanidad, publicado en diciembre y el último disponible, pone de manifiesto, que durante ese año, se aplicaron 288 prestaciones de eutanasia en toda España, el 50% de las solicitadas; en 2021, fueron 75. En total, 363 personas se han beneficiado de la ley desde su entrada en vigor en 2021.

En España, las personas solicitantes tienen entre 60 y 80 años, con enfermedades graves de tipo neurológico u oncológico

En 2022 se realizaron 576 solicitudes en total. En su mayoría, las personas solicitantes tienen entre 60 y 80 años, con enfermedades graves de tipo neurológico u oncológico. Un tercio de las personas solicitantes fallecieron antes de resolverse su solicitud de eutanasia. El número de personas que cambian de opinión o que solicitan un aplazamiento de la prestación, es mínimo, asegura Sanidad. Además, un 14% de los solicitantes se acogió al programa de donación de órganos, lo que se tradujo en 135 trasplantes.

Las prestaciones se han realizado de forma preferente en el ámbito de la Atención Primaria y de la sanidad pública. El número de solicitudes denegadas fue inferior al 20%, de las que, tras las correspondientes reclamaciones ante la Comisión de Garantía y Evaluación, fueron estimadas favorables un tercio de las denegadas.