CASO DE LOS ERE

La Audiencia Provincial de Sevilla aplaza el ingreso en prisión de Griñán para que reciba radioterapia

El tribunal pide al letrado del expresidente andaluz que "inmediatamente", al acabar las sesiones de tratamiento contra el cáncer que padece, debe comunicarlo para ver el estado de la enfermedad y encargar un nuevo informe forense

José Antonio Griñán.

José Antonio Griñán. / EP

La Audiencia Provincial de Sevilla ha aplazado su decisión definitiva sobre el ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán para cumplir la pena de cárcel impuesta por malversación en el caso ERE. No resolverá hasta que éste concluya las sesiones de radioterapia que debe recibir por el cáncer de próstata que le ha sido recientemente diagnosticado, informan fuentes jurídicas.

La decisión coincide con la petición realizada este jueves por la Fiscalía Anticorrupción, que cree que además son necesarios informes médicos más precisos en relación con la dolencia sufrida por el exdirigente socialista, por lo que de momento instó la suspensión de su ingreso en un centro penitenciario. También el PP, como acusación particular, se posicionó en la misma línea de la Fiscalía, después de que el presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, apelara al plano humano para considerar que el expresidente andaluz no debía entrar en la cárcel enfermo de cárcel, por ser una enfermedad "durísima" y pese a las decisiones del Supremo y la Audiencia, que lo condenan a penas de inhabilitación y cárcel por delitos de prevaricación y malversación.

La Audiencia señala que una vez que termine la radioterapia, que ha sido prescrita como tratamiento frente al cárcel de próstata que le fue recientemente diagnosticado a Griñán, la representación letrada del expresidente deberá comunicarlo "inmediatamente a la sala", acompañando documentación médica y se pedirá un nuevo informe al médico forense.

El abogado de Griñán presentó a finales del pasado diciembre un escrito para solicitar que se aplazara el ingreso en prisión, por el artículo 80.4 del Código Penal, que impone la suspensión de la pena de cárcel en caso de enfermedad grave o padecimiento incurable. El expresidente fue diagnosticado de cáncer de próstata con "alto riesgo" hace unas semanas y su letrado acreditó la enfermedad el mismo día que la Audiencia activó el plazo de diez días para su ingreso en la cárcel.

La Audiencia sostiene, a la vista del informe médico forense, encargado por el tribunal tras acreditar Griñán su enfermedad, que "se desprende con claridad la no conveniencia del ingreso del penado en el centro penitenciario" y entiende que "procede el aplazamiento de la ejecución de la pena hasta tanto el penado finalice las sesiones de radioterapia”. El tribunal además considera "los inconvenientes y riesgos que pudiera conllevar el tratamiento desde el centro penitenciario, tanto desde el punto de vista de la enfermedad como de la dinámica del mismo centro penitenciario”, indicando que, una vez finalice el tratamiento, “deberá ser reconocido nuevamente por el médico forense, quien, tras haber recibido el tratamiento, podrá valorar nuevamente, con más datos, la conveniencia y posibilidad de su ingreso en el centro penitenciario, extremo que en este momento y dado que la enfermedad se encuentra en estado inicial no puede predecirse”. En este sentido, la Audiencia acuerda también que se recabe informe de los servicios sanitarios del centro penitenciario “sobre la posibilidad de tratamiento de la enfermedad en dicho centro”.

La pieza política de los ERE determinó la responsabilidad de la cúpula de la Junta de Andalucía en el reparto de un fondo de 680 millones de la Consejería de Empleo destinado a ayudas sociolaborales para financiar los expedientes de regulación de empleo de empresas en crisis en la década de 2000 a 2009. La justicia determinó que ese reparto de los fondos se hizo de forma "ilegal" y "arbitraria", "a sabiendas", ratificó el Supremo, de que se estaban saltando la ley.

La Audiencia denegó todos los recursos presentados por los condenados que pedían suspender las penas privativas de libertad mientras se tramita el indulto, requiriendo a siete de ellos para que en el plazo de diez días naturales ingresen voluntariamente en un centro penitenciario antes del 2 de enero. Sólo suspendió el ingreso en prisión del exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, en base al mismo artículo 80.4 del Código Penal, por padecer también una grave enfermedad.

La exconsejera de Hacienda, Carmen Martínez Aguayo, fue la primera en entrar en prisión. Lo hizo el pasado 28 de diciembre, días antes de la fecha tope, y permanece en la cárcel de mujeres de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). Están también ya en prisión los exconsejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez y el exdirector general de la Agencia Idea Miguel Ángel Serrano. Todos formaron parte de la cúpula de los gobiernos socialistas en la primera década de los 2000.