ELECCIONES 23J

¿Qué pasa si no me presento a una mesa electoral el 23J?

Acudir a la mesa electoral es obligatorio, por lo que no hacerlo puede suponer pena de prisión o multas

Elecciones generales en pleno verano: cómo decirle que no a la mesa electoral

Esto es lo que te puede pasar si no te presentas a una mesa electoral

PI STUDIO

Héctor González

Héctor González

Tras la debacle electoral sufrida por el PSOE y el resto del bloque de izquierdas en las elecciones autonómicas y municipales del pasado 28M, Pedro Sánchez anunció este lunes la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales anticipadas el 23 de julio. De esta forma, en menos de un mes y mucho antes de lo previsto, los españoles deberán volver a pasar por las urnas para decidir el rumbo político del país.

El sorteo para conocer quién ha resultado "agraciado" en pleno verano para estar en una de las mesas electorales que ayudarán a votar el 23 de julio se celebra del 24 al 28 de junio. Más de medio millón de personas, entre titulares y suplentes, resultarán ganadores; a quienes la administración les entregará la notificación en un plazo de tres días desde la realización del sorteo.

Para las elecciones del 23 de julio el Ministerio del Interior tiene previsto conformar cerca de 60.340 mesas electorales en toda España e instalar unas 210.000 urnas y 59.000 cabinas.

¿Qué sucede si no me presento a la mesa electoral?

Todos los miembros designados tienen la obligación expresa de presentarse en su punto de votación a las 8 de la mañana, una hora antes de que comience la jornada. Incluidos los que estén convocados como suplentes, que deben acudir igualmente y esperar a que la mesa se constituya para poder marcharse (en caso de que no sean necesarios). Quienes no lo hagan incurrirán en una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de 6 a 24 meses.

Así lo recoge el texto del artículo 143 de La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG): “El presidente y los vocales de las mesas electorales, así como sus suplentes, que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones o las abandonen sin causa justificada, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses”.

¿Me puedo librar de acudir a la mesa?

Las personas a las que se les haya designado esta responsabilidad que quieran librarse de formar parte de las mesas electorales, siempre con causa justificada, deben presentar su renuncia en un plazo de siete días y serán respondidos por la Junta Electoral en los cinco días siguientes.

Todos los resultados de las elecciones generales del 23J

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