CASO VILLAREJO

García Castellón archiva la causa contra el ex número dos de Interior por presionar al abogado de Bárcenas

El magistrado hace caso a la Fiscalía Anticorrupción y sobresee la causa contra Francisco Martínez; pero también contra el ex director adjunto operativo de la Policía Eugenio Pino; el comisario jubilado José Manuel Villarejo; y dos abogados

El juez Manuel García Castellón sale de un vehículo para entrar en la Audiencia Nacional, a 20 de febrero de 2024, en Madrid (España).

El juez Manuel García Castellón sale de un vehículo para entrar en la Audiencia Nacional, a 20 de febrero de 2024, en Madrid (España). / Gustavo Valiente - Europa Press

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado, tras reclamarlo la Fiscalía Anticorrupción, el sobreseimiento provisional de la acusación que mantenía en la pieza separada número 36 del caso Villarejo contra el ex secretario de Estado del Ministerio del Interior Francisco Martínez; pero también contra el ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Eugenio Pino; el comisario jubilado José Manuel Villarejo; y los abogados José Aliste Martín y Óscar Jiménez Rubia; según especifica un auto de 7 de mayo, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.

En la resolución, el instructor también acuerda su inhibición al Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella (Málaga) de esta pieza separada, en la que se investigaban supuestas presiones contra el que fuera abogado de Luis Bárcenas, Javier Gómez de Liaño, para que no siguiera con su estrategia de reconocer la existencia de una caja B en el seno del PP.

Los abogados María Dolores Márquez y Javier Gómez de Liaño en una imagen de 2013.

Los abogados María Dolores Márquez y Javier Gómez de Liaño en una imagen de 2013. / BALLESTEROS

Sin indicios

"De todas las actuaciones practicadas no cabe apreciar indicios de la conexión de los hechos objeto de investigación en la presente causa y los que han sido investigados en el seno de la pieza separada número 7 [Kitchen]", indica el magistrado, que destaca que tras las pesquisas desarrolladas "no consta que los investigados Francisco Martínez, Eugenio Pino y José Manuel Villarejo hubieran participado en ninguna actuación coincidente en el tiempo con los hechos propios de la pieza separada número 7 dirigida a perturbar o condicionar la actuación profesional de Javier Gómez de Liaño en su condición de letrado de Luis Bárcenas en el conocido como caso Gürtel, y todo ello con la finalidad de impedir que salieran informaciones que pudieran resultar perjudiciales para el Partido Popular o sus dirigentes. Ninguna actuación en este sentido se ha podido acreditar a lo largo de la instrucción".

No obstante, el instructor sí ha podido constatar que Villarejo realizó gestiones "con objeto de obtener información sobre supuestos pagos recibidos de quien fue su cliente Kalashov por el letrado Javier Gómez de Liaño -verificadas por las anotaciones realizadas en sus agendas o diarios y reconocidas en su declaración judicial en calidad de investigado el 27 de noviembre de 2023-, y de las que habría podido dar cuenta a sus superiores en el Ministerio del Interior, los investigados Eugenio Pino Sánchez y Francisco Martínez Vázquez".

Sin embargo, García Castellón sostiene que no constan indicios de que el delito fuera finalmente cometido "en la ejecución de tales actuaciones y no consta siquiera que las mismas estuvieran conectadas o vinculadas con el papel que Javier Gómez de Liaño desempeñaba como letrado de Luis Bárcenas en el conocido como caso Gürtel", dice el auto, que finalmente acuerda la inhibición al Juzgado de Instrucción 2 de Marbella (Málaga) "por ser el objetivamente competente" para conocer de los hechos atribuidos al resto de investigados, que son el ciudadano serbio Salit Sahitaj; y los abogados Juan Ramón Díaz Moro, José Luis Moreno Cela y Mónica Gil Manzano.

A estos se les imputó por coacciones por haber enviado un correo electrónico "a la dirección profesional de Javier Gómez de Liaño adjuntando archivos de audio de una conversación en la que se hace expresa referencia a pagos recibidos por el propio Javier Gómez de Liaño en su actuación como abogado y a la posibilidad de incoar una investigación por delito fiscal y blanqueo de capitales para perjudicarle". Y este delito, prosigue en su resolución García Castellón, debe ser investigado por el órgano competente, esto es, por el Juzgado de Instrucción de Marbella (Málaga) "por haberse cometido allí el delito y ser además el primero que conoció de la causa".