ELECCIONES ANTICIPADAS 23J
Estos son los plazos de las elecciones generales de 2023 en España para formar Gobierno
La campaña electoral comienza el próximo 7 de julio de 2023, tras el anuncio de la convocatoria de elecciones generales anticipadas para el domingo 23 de julio de 2023
Resultados de las votaciones de las elecciones generales en España, escrutinio en directo
Estos son los plazos de las elecciones generales 2023 en España para formar gobierno
Este 2023 es un año en el que la mayoría de españoles han votado hasta en tres ocasiones. Tras las elecciones municipales y autonómicas celebradas el 28 de mayo, este domingo los españoles han participado en las elecciones generales del 23 de julio, donde han elegido a su próximo gobierno.
La Constitución española de 1978 establece un calendario tras unas elecciones para que los partidos políticos se sienten a negociar y formalicen sus coaliciones para crear un nuevo Gobierno. Después, horas más tarde de unos comicios sin un vencedor evidente, los partidos ya pueden iniciar las conversaciones para conformar una mayoría parlamentaria.
Un mes después de las elecciones se constituye el Congreso de los Diputados al margen de la decisión tomada de si se ha producido acuerdos o alianzas de Gobierno los diversos partidos en liza. Asimismo, se nombra, mediante votación, a los miembros de la mesa y se elige al presidente de la Cámara.
Independientemente de que se hayan alcanzado posibles acuerdos de Gobierno los diferentes partidos en liza, se procede a nombrar, por votación, a los miembros de la mesa y se elige al presidente de la Cámara, a quien entre otras funciones, le corresponde convocar y dirigir las sesiones del Congreso Pleno y representar a la Rama Legislativa, junto al Vicepresidente del Congreso que es el Presidente de la Cámara.
De tal modo que una vez iniciada la legislatura, el presidente de la Cámara asiste al Palacio de la Zarzuela para comunicar al Rey de las formaciones parlamentarias existentes y en los días posteriores, el monarca recibe a los líderes de los distintos partidos políticos del parlamento para de quién encarga someterse a la investidura como presidente.
Si existe acuerdo entre las fuerzas políticas, el pleno de investidura puede celebrarse en los días posteriores. Se nombra presidente a aquel candidato que consiga la confianza del Congreso en la primera votación sumando la mayoría absoluta (176 diputados) o, en una segunda vuelta, 48 horas después, logrando más votos a favor que en contra (mayoría simple).
Si se alcanza la investidura se forma nuevo Gobierno y los distintos ministros comparecen en el Parlamento para explicar sus planes políticos. No obstante, por el contrario si no se consigue la investidura, tras la primera votación fallida empieza a contar un plazo de dos meses para nuevos intentos. Si no se consigue un acuerdo, las Cortes se disuelven y 54 días después se vuelven a convocar elecciones, tal y como estipula el punto 5 del artículo 99 de la Constitución. Y así es como el país regresa de nuevo a la casilla de salida y los ciudadanos son llamados de nuevo a expresar su opinión en las urnas.
De esta forma, el real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria electoral entrará en vigor el miércoles 31 de mayo, por lo que las cámaras se disolverán ese día para que las elecciones generales puedan celebrarse el día quincuagésimo cuarto -no antes ni después- posterior a la convocatoria.
El real decreto publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el que se indica que la campaña electoral comenzará a las cero horas del viernes 7 de julio, festividad de San Fermín, y finalizará a las veinticuatro horas del día 21 de julio de 2023. Una vez que se celebren las elecciones anticipadas convocadas por este real decreto, las cámaras resultantes se reunirán, en sesiones constitutivas, el día 17 de agosto de 2023 a las diez horas.
Artículo 99
- Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
- El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar y solicitará la confianza de la Cámara.
- Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato, el Rey le nombrará Presidente. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple.
- Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores.
- Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.
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