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Estas son las ayudas del SEPE para desempleados de entre 30 y 55 años: 480 euros fijos

El SEPE ofrece una serie de ayudas centradas en apoyar a las personas desempleadas de entre 30 y 55 años que no pueden cobrar el paro

La ayuda del SEPE de 500 euros para las personas que han trabajado menos de un año

Este es el requisito para mantener la ayuda de 480 euros del SEPE

El paro baja en 110.100 personas hasta junio y se crean 464.900 empleos.

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La prestación contributiva por desempleo, conocida comúnmente como paro, cubre las espaldas de todas aquellas personas desempleadas otorgándoles una cuantía mensual con la que salir adelante mientras buscan trabajo. Sin embargo, esta se puede agotar. Si a esto le sumamos que cuanta más edad se tiene, más complicado es encontrar trabajo, nos encontramos con una parte de la población que queda totalmente desprotegida. Por ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece estas ayudas para desempleados de entre 30 y 55 años.

Requisitos generales para las ayudas del SEPE

El objetivo de estas ayudas es apoyar a aquellas personas que buscan empleo y que se han visto afectadas por la crisis derivada del COVID y de la guerra en Ucrania. Aunque cada prestación tenga su propia lista de requerimientos específicos, existen unas condiciones que se deben cumplir para todas. Los dos requisitos comunes a todas ellas son que solo se pueden solicitar cuando se termine el paro y que se debe disponer de unos ingresos inferiores a 810 euros al mes. Es decir, el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Todas ellas se pueden solicitar a través de la web del SEPE, identificándose como usuario con Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN, DNI Electrónico, Certificado digital o SMS, y otorgan una cuantía de 480 euros mensuales.

Ayuda por cargas familiares

Va dirigida tanto a los parados de entre 30 y 55 años que hayan agotado el paro y que tengan hijos menores de edad como a aquellas personas que tengan hijos mayores de edad pero con una discapacidad igual o superior al 65%. El solicitante debe suscribir un compromiso de actividad que acredite que está buscando trabajo.

La duración de la prestación depende del tiempo que se ha cobrado el paro y la edad el solicitante:

  • Para menores de 45 años que han cobrado el paro durante 4 meses, la ayuda dura 18 meses.

  • Para parados menores de 45 años que han cobrado el paro durante más de 4 meses, la ayuda dura 24 meses.

  • Para parados mayores de 45 años que han cobrado el paro durante 4 meses, la ayuda es de 24 meses.

  • Para parados mayores de 45 años que han cobrado el paro durante más de 4 meses, la ayuda es de 30 meses.

Ayuda para mayores de 45 años

Las personas desempleadas deben ser mayores de 45 años, sin cargas familiares e inscritos como demandantes de empleo. La duración de la ayuda es de 6 meses y no se puede prorrogar. En total, la cuantía total ascendería hasta los casi 3.000 euros.

Subsidio para mayores de 52 años

Esta es una ayuda para parados de larga duración mayores de 52 años. Este subsidio se percibe hasta la fecha en la que se cumple la edad de jubilación ordinaria y durante este tiempo también se cotiza para la jubilación. Si no queremos ver el pago de la ayuda interrumpido debemos presentar de forma anual una declaración de las rentas, acompañada de la documentación que las justifique. 

Renta Activa de Inserción (RAI)

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La RAI es una ayuda dirigida únicamente a las personas que han agotado las ayudas anteriores, y tengan menos de 65 años. Se concede durante 11 meses como máximo y se cobra con efectos del día siguiente a la solicitud.

Ayuda extraordinaria por desempleo

La ayuda para aquellos que agotan todas las prestaciones, incluido la RAI. El requisito específico de la ayuda es que se debe haber perdido el trabajo anterior de forma involuntaria.