Opinión | EL ESPÍRITU DE LAS LEYES

Es un suponer

La autonomía del legislador en la política criminal como argumento del TC para desestimar el recurso contra la Ley de Amnistía

Una de las concentraciones contra la amnistía frente a la sede del PSOE de Ferraz en Madrid.

Una de las concentraciones contra la amnistía frente a la sede del PSOE de Ferraz en Madrid. / José Luis Roca

Imaginemos el siguiente escenario: en primer lugar, las Cortes aprueban la Ley de Amnistía, superando el Congreso por mayoría absoluta el seguro veto del Senado. Hasta aquí no hace falta imaginación alguna: es lo que va a suceder si antes no se disuelven las Cámaras, eventualidad hoy altamente improbable. A continuación, 50 diputados, como mínimo, del Grupo Parlamentario Popular presentan un recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo texto legal, obligadamente sancionado por el Rey. Así lo han anunciado los populares repetidas veces.

Admitido a trámite el recurso, la Ley impugnada sigue no obstante vigente, sin que el Tribunal Constitucional esté facultado en modo alguno para decretar su suspensión, como ciertos interesados analistas pretenden. Por consiguiente, ha de ser aplicada por la Administración y los distintos órganos jurisdiccionales, si bien cabe que los últimos acudan al TC mediante el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad si consideran que la citada disposición legislativa puede ser contraria a la Constitución. Y todo indica que se van a suscitar multitud de cuestiones de este tipo.

Obviamente, el Partido Socialista y sus aliados parlamentarios tendrán mucha prisa en que el TC resuelva cuanto antes el recurso del PP.

La desestimación de este llevaría la calma a los partidos independentistas catalanes y daría estabilidad al Gobierno de coalición PSOE-Sumar. ¿Qué se puede pronosticar al respecto? ¿Hay motivos suficientes para predecir que, dada la composición actual (mayoritariamente "progresista") del TC, la sentencia será con toda seguridad desestimatoria del recurso? Lamento mucho manifestar que así lo creo, aunque me apresuro a añadir que: 1) ojalá me equivoque; y 2) ojalá los argumentos jurídicos del Alto Tribunal me convenzan, en todo caso, de lo acertado de su decisión.

Es de destacar que la Ley va precedida de una muy larga y razonada Exposición de Motivos, sin duda dirigida a proporcionar al TC el arsenal dialéctico necesario para rechazar los argumentos impugnatorios que aduzcan los recurrentes o las dudas esgrimidas por los jueces y tribunales que se decidan a plantear cuestiones de inconstitucionalidad.

Aunque la Ley comete la pifia de presentarse como "un acto soberano de las Cortes Generales", arrogándose así una supremacía de la que las Cámaras carecen, lo más importante que el legislador sostiene es, a mi juicio, esto: 1) la amnistía es un instrumento de conciliación y concordia dirigido a preservar y fortalecer la convivencia en Cataluña; 2) si compete a las Cortes, en las que está representado todo el pueblo español, tipificar o destipificar penalmente una determinada conducta, igualmente les corresponde, en lógica consecuencia, la facultad de amnistiar esos mismos hechos sin otros límites que los que dimanen directamente de la Constitución. Aquí radica el meollo del asunto y no en las incoherencias del comportamiento de los actores políticos.

En efecto, todo el mundo sabe que durante la legislatura anterior el PSOE rechazó por inconstitucional la propuesta de amnistía presentada por sus socios y aliados, y que si ahora defiende su encaje en la Constitución, ello se debe al pacto de investidura suscrito con Junts, que proporcionó a Pedro Sánchez los 7 votos que precisaba para alcanzar la presidencia del Gobierno. "Hay que hacer de la necesidad virtud", ha proclamado Sánchez repetidamente. Bueno, virtud hay más bien poca en esta auténtica cerdada que se le escupe al país, pero ¿importa algo eso, o sea, la ética política, en el proceso de control de constitucionalidad que ha de resolver el TC? A decir verdad, nada, y conviene que lo entiendan y lo asuman los legos en Derecho.

¿Qué hará, pues, presumiblemente, el TC si quiere desestimar el recurso contra la Ley de Amnistía? Muy sencillo: escudarse en la autonomía del legislador para adoptar la política criminal, autonomía reconocida en multitud de casos y de materias. Es un suponer, claro. Y tiene su justificación, salvo que en la Ley se encuentren preceptos frontalmente contrarios a la Constitución, pues el Tribunal no puede juzgar hipócrita la apelación legal a la reconciliación y a la convivencia, ya que no es un órgano de justicia moral. Es a los ciudadanos en los comicios electorales a quienes compete un juicio de tal naturaleza.