CASO RUBIALES

Jenni Hermoso denuncia a Luis Rubiales y Fiscalía de la Audiencia Nacional actuará contra él

La futbolista toma la iniciativa de iniciar un proceso judicial contra el suspendido presidente de la Federación Española

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Jennifer Hermoso saluda a la infanta Sofía antes de recibir el beso sin consentimiento de Rubiales.

Jennifer Hermoso saluda a la infanta Sofía antes de recibir el beso sin consentimiento de Rubiales. / FRANCK FIFE / AFP

La futbolista internacional española Jennifer Hermoso ha decidido denunciar a Luis Rubiales por agresión sexual, según ha adelantado ElDiario.es y han confirmado fuentes fiscales. Desde de la Fiscalía de la Audiencia Nacional se presentará querella "a la mayor brevedad posible", señalan las mismas fuentes, que añaden que la declaración en la que se formalizó la denuncia tuvo lugar este martes en la sede Fiscalía General del Estado para proteger la privacidad de la víctima.

La denuncia se ha realizado a requerimiento de la propia Fiscalía hace tan solo unos días. En su decreto, la teniente fiscal de la Audiencia Nacional resolvía contactar con Jennifer Hermoso con el fin de hacerle ofrecimiento de acciones.

"A la vista de las manifestaciones públicas realizadas por Dª Jennifer Hemoso, el acto sexual sufrido por la misma y llevado a cabo por el Sr. Rubiales, no fue consentido", señalaba el decreto de la teniente fiscal, que recogía frases del propio comunicado de la jugadora de fútbol, como: "Ni mucho menos su beso fue consentido.... Me sentí vulnerable y víctima de una agresión". La Audiencia Nacional consideraba que "ante lo inequívoco de sus declaraciones" era preciso determinar "la trascendencia jurídica de las mismas".

Penas posibles

De ahí que la decisión primera consistió en contactar ella para ofrecerle la posibilidad de presentar una denuncia. Lo ocurrido podría encajar en el artículo 178 del Código Penal, que prevé penas de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, para el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. El plazo de prescripción del delito es de cinco años.

La clave de este tipo de delitos es demostrar que no hubo consentimiento, si bien los expertos coinciden en que sin la denuncia de la agraviada la vía judicial tiene pocos visos de prosperar ante un juez. También debe demostrarse, según los expertos, un ánimo libidinoso por parte del agresor.

Posible multa e inhabilitación

En fuentes fiscales se ha explicado a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA que en este momento sería precipitado hablar de penas que podrían serle impuestas a Rubiales, si bien remiten al artículo 19.3 del Código Penal. Este precepto contempla la posibilidad de que los condenados por delitos como el que se imputa indiciariamente al presidente suspendido de la Federación Española de Fútbol sumen a la pena de prisión que se les imponga la de "inhabilitación para empleo o cargo público o ejercicio de la profesión u oficio, retribuido o no, por el tiempo de seis meses a seis años".

Por otra parte, cabe que la sanción penal quede únicamente en multa en aplicación del punto 4 del artículo 178 del Código Penal, que dice expresamente que siempre que no medie violencia o intimidación se podrá imponer por la agresión sexual "la pena de prisión en su mitad inferior o multa de dieciocho a veinticuatro meses, en atención a la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable".

El avance del caso por la vía penal no frena los otros dos procedimientos abiertos abiertos contra Rubiales a cuenta de los hechos ocurridos en los minutos posteriores a la final del Mundial, disputada en Sídney el pasado 20 de agosto.

Luis Rubiales, en el centro, junto a Jorge Vilda, con Víctor Francos, presidente del CSD en primer plano.

Luis Rubiales, con Víctor Francos en primer plano. / Efe

La FIFA y el TAD

La FIFA, a través de su Comisión Disciplinaria, abrió expediente a Rubiales el pasado 24 de agosto, aplicándole una suspensión temporal de 90 días apenas dos días después. El TAD, por su parte, le abrió expediente la semana pasada por dos presuntas faltas "graves" y está a la espera de resolver sobre la petición del Gobierno de suspenderle temporalmente, mientras resuelve sobre el fondo de la cuestión.

La admisión a trámite de la querella por parte del juez de la Audiencia Nacional al que se le asigné el caso sí podría paralizar el proceso en el TAD, debido al principio de prejudicialidad penal, por el que los tribunales penales tienen prevalencia sobre los administrativos. Habría que dirimir, en todo caso, si se juzgan los mismos hechos, ya que la querella se centra en la presunta agresión sexual a Hermoso, mientras que el TAD también investiga la falta de decoro del suspendido presidente por sus gesto en el palco.

En cuanto a la FIFA, fuentes de derecho deportivo consultadas por este periódico remarcan que se trata de "intereses jurídicos protegidos distintos", por lo que el probable avance penal del caso Rubiales no debería penalizar el proceso disciplinario emprendido por el máximo organismo del fútbol mundial.