Opinión | ÁGORA

La justicia, última trinchera

La formación de bloques -progresistas frente a conservadores- ha ideologizado el ecosistema judicial, encogiendo la imparcialidad y neutralidad de la función

Los jueces se plantan contra la amnistía.

Los jueces se plantan contra la amnistía. / Manuel Murillo

La inclusión en el "acuerdo de Bruselas" de tres renglones sobre el lawfare (judicialización de la política) agrava el conflicto entre los tres poderes del Estado.

La puesta en marcha de comisiones parlamentarias con el rechazo unánime de la biosfera jurídica para verificar si ha existido un imaginario acoso judicial instaura un simulacro de señalamiento a jueces, fiscales y funcionarios que nada tiene que ver con el control jurisdiccional.

La Justicia es la última trinchera contra la arbitrariedad del Gobierno, por lo que cobra relieve la declaración del jefe del Ejecutivo en la que inquirido por la existencia del lawfare en España asintió, tildándolo de "instrumentalización partidista de las instituciones".

Salen a hablar quienes tienen por qué callar. El principal agraciado por la amnistía ha acusado de golpistas a los cuervos con toga de la justicia española.

Persisten los desacuerdos con la Comisión Europea, vigilante del Estado de derecho y garante de los tratados de la Unión por la falta de renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la inadecuación de la elección de sus miembros a los estándares europeos y la excesiva dependencia gubernamental de la Fiscalía, a la que el Tribunal Supremo ha sentenciado por "abuso de poder".

La independencia e imparcialidad del poder judicial, el respeto al principio de legalidad y la certeza jurídica son otros tantos motivos de aprensión, la crisis sistémica que justificaría una intervención de la UE, por infracción de valores o mediante la vinculación de los fondos europeos al respeto al Estado de Derecho.

De acuerdo con los criterios establecidos por la Comisión de Venecia (órgano consultivo del Consejo de Europa), en España se hace un uso excesivo de la legislación de urgencia. A ello, cabe añadir el recurso a "conversaciones" en el extranjero, con "verificadores" internacionales, al margen de la Constitución y de la ley.

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Oswald Spengler (1880-1936) pronosticó el problema endémico que ahora nos aqueja: la ocupación del Estado por parte de los partidos y sus ejecutivos o gobiernos. Pero el filósofo alemán se quedó corto porque a los Ejecutivos no les basta con eso, de modo que "colonizan" las demás instituciones, organizaciones y corporaciones poniéndolas a su servicio (que no al del Estado).

Este sistema de imposición de un pensamiento único totalitario –que obedece a un diseño de intereses que cruzan el Atlántico– cobra fuerza ante la dejación, comodidad, codicia o miedo de quienes, pasivos y resignados, están al servicio del Estado (no de los gobiernos).

La formación de bloques –progresistas vs conservadores– ha ideologizado el ecosistema judicial, encogiendo la imparcialidad y neutralidad de la función, al permitir que las fiscalías marquen el rumbo de los procedimientos y no exigir respeto a la dignidad de su función.

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¿Cuándo se gripó el sistema de elección de los jueces?

En el diseño constitucional de 1978, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) lo componían veinte jueces, doce de los cuales elegidos por los propios jueces y magistrados de todas las categorías judiciales y ocho, designados por las Cortes.

Para unos, la trayectoria se truncó cuando, tras el arrollador triunfo en las elecciones del 82, el primer gobierno socialista aprobó en 1985 una reforma legal que concedía a los partidos representados en el Parlamento la facultad de elegir a la totalidad.

Para otros, el mecanismo quedó acalambrado en 2018 cuando, tras alcanzar las formaciones dinásticas un acuerdo –once vocales socialistas, nueve populares– un consumado bocazas enturbió el pacto, al atribuir al presidente consensuado por ambas partes, un fantasioso control de la Sala 2.ª del Tribunal Supremo "por la puerta de atrás". La dignidad del infamado, renunciando a la presidencia del Consejo y del Supremo, rompió el pacto de renovación. Hasta la fecha.

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El poder judicial –emanado de la soberanía nacional– no radica sólo en la renovación del CGPJ, sino en su ejercicio al servicio de la Justicia y las leyes (siempre que no sean inconstitucionales, por mucho que procedan de la "mayoría").

Sus funciones no sólo abarcan los nombramientos sino que se extienden a la duración del mandato y las causas de recusación y cese de sus miembros. De ahí que su independencia sea fundamental y quienes lo integran no deberían ser elegidos por los representantes de aquellos otros poderes –legislativo y ejecutivo– cuya actuación han de controlar y fiscalizar.

Tras cinco años sin renovar y con sus funciones recortadas, el órgano de gobierno de los jueces presenta síntomas de clínica tanatológica, una rama de la psicología –aceptada como ciencia a partir de los años cincuenta– que estudia las emociones y otros factores psicológicos vinculados con la muerte.

La renovación no deja de ser un legalismo lampedusiano "si queremos que todo siga igual, es necesario que todo cambie", ya que el verdadero problema está en otras cuestiones como el doblegamiento de poderes emanados de la soberanía nacional.

La encrucijada que enfrentan los partidos dinásticos –en terreno tan primoroso como el cumplimiento de la Constitución– tiene características propias.

En el proscenio socialista, la preocupación gira en torno a la eventual apertura de un expediente de infracción del Derecho de la UE, así como el cumplimiento de una promesa bajo sospecha: la creación de consejos regionales del poder judicial.

En el flanco popular, la conciencia de una situación insostenible se yuxtapone con el recelo a los emplastos por debajo de la mesa: jubilaciones, creación de consejos y tribunales supremos autonómicos. A añadir, la desconfianza a la palabra dada en el acuerdo de la renovación que, de incumplirse, allanaría una fuga resuelta de votos hacia la formación a su derecha.

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No está de más insistir en que la justicia constituye el elemento cardinal para evitar el abuso de poder del gobernante y garantizar los derechos y libertades de los individuos.

La independencia judicial exige que las normas, que rigen el régimen disciplinario de jueces y magistrados, otorguen las garantías necesarias para evitar que dicho régimen pueda utilizarse como sistema de control político de contenido de las resoluciones judiciales.

Por todo ello, lo razonable y equilibrado sería que Gobierno y oposición pactasen, no el reparto del CGPJ, sino el procedimiento de elección, ajustado a las recomendaciones y normas vigentes en todos los estados de la UE, con excepción de Polonia y Hungría.

De paso, bastaría añadir en la LO de Reforma del Consejo General del Poder Judicial y la LO 6/1985 del Poder Judicial, un simple inciso: "Expirado el término de su mandato, cesarán los vocales en el ejercicio de sus funciones".