NUEVA NORMA
Las empresas náuticas aplauden la legalización de depositar cenizas funerarias en el mar: "Pensamos promocionarlo"
El pasado día 13 el Boletín Oficial del Estado publicó un texto normativo para regular esta actividad
Mar Mato
Depositar las cenizas de seres queridos en el mar suponía hasta ahora una actividad que nadaba en el vacío legal. El Gobierno ha decidido legalizarlo. El pasado día 13, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba un texto normativo para regular la actividad económica de colocación de urnas funerarias o cenizas funerarias en el mar. Empresas náuticas gallegas aplauden la iniciativa. “Nos lo ha pedido mucha gente y pensamos promocionarlo”, asegura una compañía.
“Nos lo ha pedido mucha gente y siempre quisimos ofrecerlo como actividad. Pero había una especie de vacío legal. Ahora, ya podremos hacerlo y pensamos promocionarlo”. El gerente de Senda Natura Galicia,
, explica así cómo en los últimos años ha ido en aumento el interés de la gente por depositar las cenizas de sus seres queridos en el mar.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba con fecha 13 de abril el Real Decreto 79/2019, de 29 de marzo, que regula por primera vez la actividad económica de colocación de urnas funerarias o cenizas funerarias en el mar.
En el texto se establece que las personas o empresas que deseen ofrecer este servicio deben presentar una declaración responsable, de manera que quede demostrado que no se atenta con las medidas de protección del patrimonio natural y la biodiversidad.
Urna biodegradable
Entre las medidas establecidas, se incluye que solo se podrá depositar la urna y que esta debe ser biodegradable. Esto tendrá que estar avalado por un certificado.
Además, quien vaya a depositar las urnas debe cerciorarse de que con esa actividad no se afectará los fondos, hábitats y especies que habitan en el medio marino del lugar elegido.
Además, las urnas no podrán ser colocadas donde haya presencia de “hábitats o especies protegidas, como arenales o fondos desprovistos de vegetación o comunidades de organismos sésiles sensibles” ni donde haya especies amenazadas.
La finalidad es que esta actividad humana afecte lo menos posible a los animales de la zona, por lo que las embarcaciones de motor deberán respetar la velocidad máxima permitida minimizando el ruido y riesgo de colisiones con la fauna marina.
Aquellas compañías que ofrezcan estos servicios deberán mantener un registro en el que se detalle la fecha y coordenadas geográficas de cada colocación efectuada.
Si además de depositar la urna los familiares están pensando en depositar otros objetos –a la cabeza nos viene el famoso collar de piedras preciosas del filme “Titanic”– hay que aclarar que el real decreto no permite realizar vertidos al mar de “otros objetos ornamentales u objetos personales, ni se verterá desde la embarcación otro objeto que la urna o cenizas”. Eso sí, sí se podrán realizar ofrendas florales. Es la excepción. En este caso, la tripulación del barco debe garantizar que con las flores non se arrojan elementos contaminantes, por ejemplo, lazos u otros objetos de plástico.
Para empresas como Senda Natura Galicia esta regulación supone un avance importante, no solo empresarial sino también en la libertad individual. “En mi caso –reconoce Óscar Garrido–, el día de mañana me gustaría que me echasen las cenizas desde Alto Príncipe en Islas Cíes, en el mar abierto”.
Se trata, añade, “de una actividad interesante que no promocionamos antes por los inconvenientes legales, aunque sí hemos ofrecido servicios similares a familias en el mar. Por ejemplo, la temporada pasada, a finales de la primavera, ofrecimos un recorrido de dos horas a una familia para que se despidiese de un familiar”.
Para Garrido, es importante respetar “los pensamientos y voluntades de los difuntos. A la gente cada vez le gusta menos meterse en un nicho. Es lo que veo en las últimas generaciones. Les da alergia lo de quedar en una fosa. También está el tema del dinero: así no se tiene que pagar la compra o alquiler de un panteón o un nicho”.
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