FCATURA DE LA LUZ
Autoconsumo: cómo ahorrar en la factura produciendo tu propia energía en casa
Las personas que dispongan de sistemas de autoconsumo pueden limitar el consumo de energía producida para uso personal
D.M
La energía producida por los productores se alimenta a la red para llegar a los consumidores que pagan un precio por lo que consumen. Pero con el autoconsumo, estos roles se invierten y los consumidores pueden producir su propia energía y transferir la energía a la red y recibir una compensación financiera adecuada de los minoristas.
Qué es el autoconsumo
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 9, viene a definir el autoconsumo como "el consumo por parte de uno o varios consumidores de energía eléctrica proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos".
Existen dos tipos de instalaciones:
- Aisladas, que no disponen de conexión a la red
- Instalaciones en red donde se comparte la infraestructura conectada a la red
Las personas que dispongan de sistemas de autoconsumo pueden limitar el consumo de energía producida para uso personal. En función del tipo de contrato de autoconsumo con el comercializador, se podrá aplicar una compensación por exceso de energía.
Novedades del Decreto 18/2022
- Conforme a la regulación precedente para que un consumidor asociado pudiera aprovechar la energía producida por una instalación fotovoltaica, esta no podría estar a una distancia superior a los 500 metros. El Real Decreto 18/2022 ha ampliado esta distancia a los 1.000 metros para aquellas plantas de generación instaladas en cubiertas o tejados. Si bien la ampliación de este requisito a 1.000 metros supone un gran avance para el autoconsumo colectivo, todavía estamos lejos de los 2.000 metros permitidos en otros países como Portugal.
- Del mismo modo, se ha habilitado la posibilidad de nombrar a una pluralidad de titulares cuando en una cubierta existan varias instalaciones de autoconsumo.
- Se establece la posibilidad de realizar autoconsumo colectivo mediante la constitución de comunidades de energías renovables, que podrán actuar como representantes de los consumidores, siempre que cuenten con la preceptiva autorización.
- Siempre y cuando se recoja reglamentariamente, se podrán simplificar los trámites administrativos para instalaciones de producción de hasta 500 kW de potencia instalada.
- Los gestores de las redes de transporte y distribución deberán informar trimestralmente al operador del sistema, y este a su vez a la Dirección General de Política Energética y Minas, con la misma periodicidad, sobre las instalaciones de autoconsumo conectadas a su red, haciendo expresa identificación de cada una de ellas.
Precio de mi excedente energético
El Real Decreto 244/2019 lo deja a criterio de las partes contratantes. Los usuarios y comercializadores deben acordar mutuamente el precio por kilovatio de energía que ingresa en la red, eligiendo una tarifa adecuada para compensar dicho exceso.
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