AYUNTAMIENTO

Estas son las claves de la nueva ordenanza de terrazas en Madrid

El texto se aprueba en Comisión con el apoyo de los ediles carmenistas.

Se publicará un mapa de zonas saturadas accesible a los ciudadanos y, entre otras medidas, se aprueban sanciones que implicarán la clausura temporal de las terrazas y el cierre de las mismas a las 23 horas.

Terrazas Madrid

Terrazas Madrid / David Castro

Elena Marín

Elena Marín

El conflicto entre vecinos, hosteleros y responsables municipales de Madrid a cuenta de las terrazas pasa ahora a una nueva pantalla. Las quejas por los ruidos, la estética, la contaminación, la convivencia con distintas formas de transporte o las sanciones por incumplimiento se ha agitado en los últimos meses en una coctelera hasta que este lunes se ha acordado por fin el texto de la nueva ordenanza que regula las terrazas de la capital y que tendrá que ser ratificada por el Pleno del próximo martes 25 de enero antes de su entrada en vigor.

La vicealcaldesa Begoña Villacís y la responsable del área de Coordinación Territorial, Silvia Saavedra, han conseguido el apoyo del grupo mixto tras haber aceptado las 11 enmiendas presentadas por estos concejales, que ya en su época en el gobierno de Manuela Carmena intentaron sacar adelante, sin éxito, un nuevo texto que superase el vigente hasta ahora. Ni Vox ni PSOE ni Más Madrid han apoyado la propuesta del gobierno de José Luis Martínez Almeida.

Superadas las negociaciones y atendiendo al nuevo texto, todas las ampliaciones de terrazas que se han autorizado en el último año y medio desaparecerán y la estimación es que solo sobreviva un tercio de las llamadas terrazas covid (3.834 según los datos del equipo municipal), precisamente aquellas que no entren en conflicto con los vecinos y las quejas por los ruidos.

Estas son las principales claves de la nueva normativa que afectará a las terrazas de la ciudad, tanto las creadas o ampliadas durante este tiempo de pandemia como las ya existentes.

  1. Mapa de zonas saturadas: se publicará de forma inmediata y se actualizará de forma periódica. Se tomarán en cuenta cuatro criterios para la definición de estos espacios: el ruido, que será medido con sonómetros; la ocupación del espacio público, que solo podrá ser del 33% en aquellas aceras de menos de 6 metros y de hasta el 40% en las de más de 6 (incluidos las plazas y peatonales); el tránsito peatonal (mediante el cálculo del número de personas por minuto y metro); la saturación de la zona y las afecciones medioambientales, entre las que se incluye las necesidades acústicas en entornos de hospitales o centro de mayores. Para que se defina como tal un espacio, deberá cumplir con el requisito de la ocupación y uno o varios de los demás requisitos.
  2. Sanciones: el incumplimiento de la normativa podría implicar el cierre inmediatos de las terrazas, que se extenderá desde los 8 días hasta un año en función de la gravedad de la sanción.
  3. Horario: se reduce el horario de cierre a las 23 horas.
  4. Prohibición de las estufas de gas contaminantes: se buscará otra forma de que los clientes de las terrazas puedan estar al aire libre en épocas de frío. Se trabajará con los locales para ofrecerles alternativas y que estas estufas contaminantes desaparezcan o sean sustituidas antes del 31 de diciembre de 2023.
  5. Consumo de tabaco: en el momento en el que el Gobierno apruebe una norma que prohíba fumar en las terrazas, esta se aplicará de forma automática en las terrazas de Madrid.
  6. Mediador: se crea esta figura para que resuelva los posibles conflictos entre vecinos y propietarios de los locales.
  7. Criterios estéticos: se homogeneizarán los criterios para el mobiliario y otros aspectos de las terrazas.
  8. Ubicación de las terrazas: aquellas situadas en las esquinas de los edificios solo podrán contar con mesas y sillas que no obstaculicen el paso a los peatones, se regularizan las mesas altas de baja ocupación y las situadas en zonas terrizas.