Este jueves

El abogado general de la UE da la razón a Puigdemont en la negativa del Parlamento Europeo a declararle eurodiputado

Propone al TJUE que anule la sentencia del Tribunal General y declare sin efecto la decisión del presidente de la Eurocámara que negó la credencial al expresidente catalán

Carles Puigdemont, durante un acto de Junts en Perpinyà la semana pasada

Carles Puigdemont, durante un acto de Junts en Perpinyà la semana pasada / EFE / DAVID BORRAT

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

En un marco en el que todos los procedimientos judiciales han perdido interés por la inminente promulgación de la ley de amnistía, el abogado general de la Unión Europea Maciej Szpunar ha dado este jueves la razón al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en uno de sus últimos recursos ante la justicia europea. Se trata de la negativa del Parlamento Europeo a concederle la credencial de eurodiputado, pese a resultar electo en junio de 2019. El abogado general propone al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) revocar la sentencia del Tribunal General que rechazó la impugnación y anular la propia decisión de la Cámara.

El recurso contra la negativa de la Eurocámara no fue admitido por el TGUE, que entendió que la imposibilidad de que ocuparan su escaño en el Parlamento Europeo no derivó de la negativa de su presidente entonces, Antonio Tajani, a reconocerles la condición de diputados europeos -ya que no disponía de margen de actuación-, sino de la aplicación del Derecho español, tal y como le comunicó la Junta Electoral Central el 17 y 20 de junio de 2019.

Una negativa que después tuvo que mantener su sucesor, el fallecido David Sassoli, al contestar la demanda de amparo de la inmunidad que interpuso Puigdemont diciendo que "el Parlamento no podía considerarlos miembros sin que las autoridades españolas notificaran oficialmente su elección", lo que no se había producido por no presentarse en el Congreso para acatar la Constitución, porque se habían marchado de España para eludir su responsabilidad en el 'procés'.

Pese a ello, en un comentario en la red social X, antes llamada Twitter, Puigdemont se felicita por la decisión del abogado general de la UE y agradece a Sassoli su actuación. "Hay que confrontar de forma inteligente y defender los derechos fundamentales sin desfallecer, por muy poderoso que sea el adversario. Teníamos delante el Parlamento Europeo, el Estado español y sus aliados, pero eso nunca nos ha disuadido del convencimiento de que teníamos razón", ha destacado para afirmar a renglón seguido que "alguien tendrá que dar explicaciones por violar derechos fundamentales de los electores europeos, haciendo un uso partidista de las instituciones de la Unión como es el Parlamento Europeo".

En una comparecencia posterior ante los medios ha querido lanzar un mensaje a “aquellos que cuestionaron la estrategia del exilio o que consideraron que no era relevante" la labor que realizaban, porque, a su juicio, la conclusión a la que ha llegado el abogado general Maciej Szpunar "confirma que es el camino correcto”.

El abogado general de la UE, cuyo criterio es seguido habitualmente por el Tribunal de Justicia de la UE, sostiene que el "principal error" de la sentencia del Tribunal General, que aboga por anular, consistió en no haber considerado que el escrito de 27 de junio de 2019 de Tajani suponía "una decisión definitiva del presidente del Parlamento Europeo de hacer caso omiso de la proclamación de 13 de junio de 2019".

Y reprocha a la primera instancia europea haber ignorado que la sentencia del TJUE del 19 de diciembre de ese mismo año declaró que el presidente de ERC, Oriol Junqueras, había adquirido la condición de eurodiputado al ser elegido. Tanto Puigdemont como Comín la adquirieron en enero de 2020 con efectos desde el 2 de julio de 2019, en aplicación de esa resolución.

"Al adoptar el acto de 27 de junio de 2019, el presidente del Parlamento Europeo, por una parte, puso en cuestión los resultados electorales oficialmente proclamados, a pesar de que el Parlamento estaba vinculado por la proclamación oficial" de esos resultados, pero "su presidente optó por dar curso a las posteriores notificaciones de las autoridades españolas, que no reflejaban de forma fiel y completa esos resultados", sostiene Szpunar.

Violación del Derecho

Así "dio efectos a la suspensión de las prerrogativas de Puigdemont y Comín dimanantes de su condición de miembros del Parlamento Europeo, en violación del Derecho de la Unión. Efectivamente, ningún precepto de este Derecho autoriza a un Estado miembro a suspender las prerrogativas de los miembros del Parlamento Europeo", concluye el abogado general.

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, tras firmar con los sindicatos una subida salarial para los funcionarios de Justicia de las cinco comunidades autónomas que dependen del ministerio, señaló que el criterio del abogado general coincide con la jurisprudencia del TJUE, pero por eso mismo "no va a tener efectos prácticos, porque el Parlamento Europeo ya reconoció el acta de Puigdemont".

Desde Ciudadanos, en cambio, se ha criticado la proposición de resolución de Szpunar, que la formación confía que no sea seguida por el TJUE en su sentencia definitiva. El candidato de Cs a las Europeas, Carlos Carrizosa, admitió que “el abogado general parece que va en contra" del criterio "lógico (...) del Tribunal General, pero también es verdad que se produce en un contexto político que tiene cierta explicación y que es ni más ni menos" que Pedro "Sánchez ha amnistiado, está pretendiendo amnistiar al señor Puigdemont y eso, como es lógico, acaba influyendo en algunas instituciones europeas o personas representativas de las instituciones europeas”, informa Silvia Martínez.

Por su parte, el eurodiputado Jordi Cañas insistió en esta línea. "Esta opinión se mueve en un contexto facilitado por Pedro Sánchez", que "ya influyó en su momento para que Puigdemont recibiera el acta a través del presidente Sassoli, socialista, cuando Tajani había sido tajante en que no podía tomar posesión porque no había cumplido la ley", aseguró.

Segundo recurso

El mismo día en que el Parlamento Europeo acataba la sentencia del TJUE de Junqueras para Puigdmont y Comín, el Supremo cursó un suplicatorio para que se les suspendiera la inmunidad parlamentaria. El de Clara Ponsatí se formuló en febrero de 2020, cuando adquirió la condición de europarlamentaria tras el Brexit. Por ese motivo el Parlamento Europeo levantó la inmunidad de los tres en marzo de 2021, aunque la volvieron a recuperar cautelarmente tras el arresto del 'expresident' en Cerdeña.

Todavía está pendiente que el abogado general se pronuncie sobre el recurso de Puigdemont interpuesto contra la decisión del TGUE que validó el suplicatorio remitido por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena para poder investigarles por sedición y malversación de caudales, primero, y tras la derogación del primer delito, por desobediencia y malversación.

La sentencia del TGUE abría la puerta a que Llarena remitiera nuevas euroórdenes para tratar de forzar la entrega de Puigdemont a España, pero primero el recurso que este interpuso ante el TJUE y luego la tramitación de la proposición de ley de amnistía llevaron al magistrado a renunciar a cualquier nuevo intento para que el expresidente catalán pudiera estar a disposición de la justicia española.

La única orden que sigue en vigor en su contra es la que le supondría el arresto si pisa España antes de la promulgación de la derogación de los delitos por los que está procesado. En la causa de Tsunami Democràtic, en la que se le imputan delitos de terrorismo, la magistrada instructora, Susana Polo, le ha ofrecido la posibilidad de declarar voluntariamente en junio, después de los próximos comicios catalanes y europeos y cuando previsiblemente ya esté en vigor la ley de amnistía.