Renta

Esta es la forma de desgravar los seguros en tu Declaración de la Renta 2024

Seguros

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P. G.

Llega la Declaración de la Renta y con ella el momento de ver qué deducciones fiscales pueden ser interesantes de cara a pagar menos impuestos. En el caso de los seguros, algunas primas pueden reducir la carga impositiva, aunque no todos los seguros cuentan con desgravaciones y en muchos casos hay que cumplir una serie de requisitos que no toda la población cumple.

Seguro de vida y hogar

La Agencia Tributaria contempla desgravaciones siempre que este tipo de seguros estén vinculados a la hipoteca, pero no a cualquier hipoteca: siempre que la vivienda se adquiriese antes del 2013, siga en vigor y estén contratados en el mismo banco en el que se tiene el crédito hipotecario. Por tanto, quedan fuera las nuevas hipotecas, las hipotecas ya amortizadas o los seguros de vida y hogar contratados en otras entidades. Algunas primas de seguros se pueden desgravar en la declaración de la renta, como el de vida, hogar o el de coche, cuando se cumplan una serie de requisitos

También se pueden desgravar los seguros de hogar si están relacionados con el arrendamiento de una vivienda. En este caso, el seguro de hogar es un gasto desgravable si se calcula dentro del rendimiento neto del inmueble.

Por último, Hacienda también permite desgravarse el seguro de hogar para los autónomos que trabajen en casa, pudiendo solo deducirse un porcentaje, el de la parte de la vivienda que se utilice para su actividad laboral. La cantidad máxima que podrás deducir de tu IRPF, según el comparador financiero Selectra es:

  • Podrás descontar como máximo el 15% de la base de la deducción, esto es la cantidad total que la persona ha pagado el año anterior para adquirir la vivienda, en la que se incluye la prima de la póliza. Se estima que la deducción máxima que se podrá realizar por esta póliza en la declaración de la renta será de unos 1.356 euros.

  • La cantidad máxima que podrás desgravarte cada año en concepto de adquisición de la vivienda no podrá superar en ningún caso los 9.040 euros. Si se superara este importe, no se produciría ningún tipo de deducción, es decir, si pagases una cantidad superior por la hipoteca, los seguros asociados y los gastos durante el año del ejercicio fiscal, no podrías deducirte nada.

  • En el caso de ser un arrendador, podrás desgravarte el importe de las primas de los seguros, los cuales tengan alguna de estas coberturas de responsabilidad civil, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga, sobre los bienes que están produciendo rendimientos, es decir, sobre la vivienda que se tiene alquilada.

  • Si eres un autónomo, podrás deducirte la parte correspondiente a la parte de la casa que se utiliza para realizar la actividad profesional. Por ejemplo, si la casa tiene unos 100 metros cuadrados y el despacho donde se lleva a cabo la actividad mide 10 metros, será posible desgravar el 10% del seguro de hogar.

Seguro de salud e incapacidad

Los autónomos tienen la capacidad de desgravarse estos seguros. En concreto, pueden deducirse las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de 25 años convivientes en el hogar con un límite máximo de 500 euros (o 1.500 en el caso de personas discapacitadas).

Seguro de responsabilidad civil

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Se deduce el 100% siempre que cubra contratiempos exclusivamente como empresario o profesional. Esta desgravación no tiene límites, da igual cuál sea la cantidad de dinero sobre la que se aplique.

Seguro de automóvil

Se deduce si usas el vehículo con fines profesionales. Se podrá desgravar el 50% de la prima si se posee solo un coche (ya que Hacienda entiende que ese coche se usa también para fines personales) y el 100% si se poseen dos, en el caso del coche que se emplee en la actividad profesional.