Vista en Londres

Juan Carlos I se apoya en su inmunidad hasta 2012 para desactivar toda la demanda de Corinna

El nuevo bufete ha sostenido en la primera vista que las acusaciones han perdido su razón de ser

Juan Carlos I y su entonces amante, Corinna Larsen.

Juan Carlos I y su entonces amante, Corinna Larsen.

Ernesto Ekaizer y Lucas Font

El nuevo bufete que defiende a 

Juan Carlos I

 ante la demanda civil por presunto acoso, vigilancia ilegal y difamación, presentada por su examante Corinna zu Sayn-Wittgenstein, ha sostenido en la primera vista de cuatro días, en curso desde las 10:30 horas de esta mañana en 

Londres

, en el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, que las acusaciones han perdido su razón de ser por el hecho de que la Corte de Apelaciones, división civil, limitó la causa a los hechos posteriores a la abdicación del monarca el 18 de junio de 2012

Los abogados han señalado a la jueza a cargo de la audiencia de cuatro días -del martes 18 al jueves 21 de julio-, Rowena Collins Rice, que los hechos anteriores a esa fecha, es decir, cuando Juan Carlos I era rey en ejercicio “suenan como si pudieran constituir acoso, si ella tuviera razón y su casa hubiese sufrido una entrada y registro de agentes del Estado español [Centro Nacional de Inteligencia]. Ello podía provocar ansiedad, preocupación y perturbación como lo provoca recibir comunicaciones que piensas son amenazadoras por parte de gente que da nombres falsos. Pero el problema para la demandante [Corinna zu Sayn-Wittgenstein] es que no puede basarse en nada de lo que ocurrió en 2012. O apartarse de ellos. Porque la Corte de Apelaciones ha resuelto que esos son asuntos que están protegidos por la inmunidad de Estado”. 

En efecto, la demanda enumera una serie de acciones presuntamente ordenadas por el director del

CNI

, general Félix Sanz Roldán, como la entrada en las oficinas de Corinna en Montecarlo, Mónaco, en mayo de 2012, y una presunta incursión en su palacete en la casa de campo Chyknell Hall Estate, situada en Shropshire, a 263 kilómetros de Londres.  

El abogado leyó la sentencia de la Corte de Apelaciones e hizo hincapié en las contradicciones incurridas por Corinna y su defensa en relación con la actuación del general Sanz Roldán. En una primera versión la demandante dijo que el general había actuado en función oficial, en calidad de director del CNI -en las órdenes de registro de domicilios y seguimiento de Corinna-, y más tarde corrigió al precisar que Sanz Roldán había actuado a título personal.