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Fiscalía archiva la denuncia de las víctimas por los 44 candidatos con pasado etarra

No encuentra motivos para declarar la inelegibilidad de ninguno de ellos y apunta que son las juntas electorales las que velan por la legalidad de las candidaturas

Dignidad y Justicia estudia acudir ahora al Tribunal Supremo para que analice si la inclusión de determinados candidatos vulnera la Ley de Partidos

La portavoz de EH Bildu en el Congreso, Mertxe Aizpurua, durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, este miércoles.

La portavoz de EH Bildu en el Congreso, Mertxe Aizpurua, durante la sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados, este miércoles. / Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha archivado las diligencias de investigación abiertas a raíz de la denuncia de la Asociación Dignidad y Justicia (DyJ) para que se investigara a las 44 personas condenadas por su pertenencia a ETA que habían sido incluidas en las listas electorales de EH Bildu. Una vez revisadas las hojas histórico-penales de los 44 candidatos condenados por su relación con ETA, apunta que no es aplicable a ninguno de ellos los supuestos de inelegibilidad que contempla la ley de Régimen Electoral General.

En el Decreto de incoación y archivo se advierte al denunciante que le compete a las juntas electorales correspondientes el control de la legalidad de las candidaturas presentadas por partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que pretendan concurrir a las elecciones. 

El documento dado a conocer este miércoles, de cuatro páginas, añade que los hechos denunciados tampoco tienen trascendencia penal "o constituyen un ilícito de esta naturaleza". "Por consiguiente, a la vista de los antecedentes penales de las personas reseñadas, se considera que los hechos denunciados no resultan penalmente típicos", añade.

La denuncia fue presentada el pasado día 12 por la asociación de víctimas, que solicitaba concretamente que el Ministerio Público investigara si las 44 personas condenadas por su pertenencia a ETA que había sido incluidas inicialmente en las listas electorales de EH Bildu han cumplido su pena de inhabilitación y que, en caso contrario, fueran anuladas sus candidaturas.

Este martes se anunció por parte de la formación la retirada de los candidatos. Dado que las candidaturas ya han sido proclamadas las listas no pueden modificarse, si bien los afectados aseguran que renunciarán a sus cargos si salen elegidos.

En la denuncia, la asociación presidida por el diputado del PP en la Asamblea de Madrid Daniel Portero solicitaba expresamente que los fiscales de la Audiencia Nacional procedieran a la "práctica de todas las diligencias que fueran necesarias y con la máxima diligencia", teniendo en cuenta que los comicios se celebrarán el próximo 28 de mayo.

Según la norma electoral apuntada por los denunciantes, son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Eatsado cuando hayan sido objeto de penas por inhabilitación. En el caso de estas personas, todos ellos han cumplido ya sus condenas, por lo que no entran en este supuesto.

Ampliación de la denuncia

Tras conocer la renuncia de los candidatos, según refleja el decreto, la asociación de víctimas amplió la denuncia para señalar a la Fiscalía que el anuncio de que los candidatos en el sentido de que no tomarían posesión en caso de ser elegidos no tenía por qué desvirtuar lo manifestado en la primera denuncia, insistiendo en la necesidad del análisis de cada uno de ellos.

Tras ello, la Fiscalía abrió diligencias, comprobó los documentos oportunos y tras ello ha archivado las mismas "por no ser los hechos denunciados constitutivos de infracción penal alguna".

En su denuncia inicial, la asociación de víctimas también apuntaba que con la elección de estas personas para las candidaturas de Bildu, dado que en el pasado habían sido condenados por delitos de sangre, se estaba produciendo un incumplimiento de la Ley de partidos Políticos al incluir la formación política EH Bildu, en sus listas "a personas condenadas por terrorismo, que daría lugar a su ilegalización". La Fiscalía de la Audiencia Nacional no da respuesta a este planteamiento en el documento que archiva las actuaciones.

Ahora, al Supremo por la Ley de Partidos

Tras conocer la decisión de los fiscales de la Audiencia Nacional, Dignidad y Justicia tiene previsto ahora acudir a la la Fiscalía del Tribunal Supremo para que determine si los 44 etarras condenados que van en las listas electorales de EH Bildu para el próximo 28 de mayo incurren en las causas que establece la Ley de Partidos para ilegalizar formaciones políticas.

Cuestiona que los 44 candidatos cuestionados hayan rechazado los "fines y medios terroristas". El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, aseveró en la rueda de prensa ofrecida el martes que todos los miembros de EH Bildu que competían en estos comicios se adherían a la Declaración del 18 de octubre de 2021.

El artículo 9.3.c) de la Ley de Partidos Políticos contempla que un partido pueda ser declarado ilegal cuando incluya "regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas".

Fuentes del alto tribunal advierten, no obstante, de que ese artículo concreto parte de la premisa de que haya una actividad terrorista, circunstancia que actualmente no se da, puesto que ETA dejó las armas hace más de una década, informa Europa Press. En consecuencia, consideran complicado que en estos momentos pueda prosperar un proceso de ilegalización contra EH Bildu por estas 44 candidaturas.

La ilegalización de un partido político compete a una sala especial del Tribunal Supremo pero, según la citada ley, el proceso solo puede iniciarse a instancias de la Fiscalía o del Gobierno. No obstante, la norma detalla que tanto el Congreso de los Diputados como el Senado podrán instar a su vez al Ejecutivo a que solicite la ilegalización de un partido político, quedando entonces obligado el Gobierno a hacerlo.