PODER JUDICIAL

Los vocales 'rebeldes' fuerzan al CGPJ a analizar la reforma de la sedición

Solicitan al presidente Mozo que incluya en el Pleno del jueves la elaboración de un informe sobre la proposición de ley

Archivo - El Pleno del CGPJ tiene previsto reunirse el jueves 24 de noviembre.

Archivo - El Pleno del CGPJ tiene previsto reunirse el jueves 24 de noviembre. / OFICINA DE COMUNICACIÓN DEL CGPJ - Archivo

Cristina Gallardo

Ocho vocales del sector conservador del Consejo General de Poder Judicial (CGPJ), los mismos que vienen conformando la mayoría de bloqueo que está impidiendo la renovación del Tribunal Constitucional (TC) desde el pasado mes de junio, han presentado un escrito que obliga al Pleno de este órgano a debatir en su sesión del próximo jueves sobre el 'atajo' elegido por el Gobierno de Pedro Sánchez para evitar recabar el dictamen que este órgano sobre la reforma que deroga el delito de sedición .

Concretamente, piden presidente suplente del CGPJ, Rafael Mozo, que incluya en el orden del día del próximo jueves 24 un punto para abordar esta petición y, al ser más de cinco vocales quienes lo solicitan, la inclusión del asunto será obligatoria. Además, y al ser el sector de vocales designados por el PP el mayoritario, lo previsible es que la petición salga adelante.

La reforma se ha planteado como proposición de Ley en vez de como Anteproyecto, lo que permite eludir los informes de los órganos consultivos como el CGPJ, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado. Con su petición, los vocales conservadores pretenden que el Pleno del órgano se pronuncie sobre esta circunstancia.

La petición, a la que ha tenido acceso este diario, la suscriben los vocales Carmen LLombart, José Antonio Ballestero, Gerardo Martínez Tristán, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, José María Macías, Nuria Abad y María Ángeles Carmona.

ELABORAR INFORME DE TODOS MODOS

También plantean que sería oportuno que el Pleno evacuase informe de todos modos, pese a que no se le haya solicitado por el Gobierno, al igual que ocurrió con ocasión de las dos reformas de la Ley Orgánica que afectaron a sus competencias, para las que Sánchez utilizó la misma técnica legislativa. Al hilo, han recordado que los estándares europeos obligan a que todas las propuestas normativas que afecten al Poder Judicial deben someterse a previo informe de los Consejos de Justicia.

Estos vocales han subrayado que les "llama la atención que en reiteradas ocasiones" se encuentran con "importantes reformas que afectan al Poder Judicial y que, en lugar de tramitarse como proyectos de ley por el Gobierno, son los grupos parlamentarios que sostienen al Gobierno los que presentan en el Congreso de los Diputados como proposiciones de ley, obviando así el trámite de informe preceptivo de este Consejo General del Poder Judicial de haberse tramitado de otra forma".

PROPUESTA DE REFORMA

El PSOE y Unidas Podemos han propuesto derogar el actual delito de sedición y sustituirlo por otro desórdenes públicos agravados que contempla penas de 3 a 5 años de prisión --frente a los 10 a 15 años que recoge el Código Penal vigente para el caso de que sea cometido por autoridades--.

La reforma afectará a los condenados por el 'procés', al tener que serle aplicada de forma retroactiva, y afectará a las condenas por inhabilitación que les fueron impuestas en su día. También tendrá sus consecuencias en futuros procedimientos penales que puedan abrirse contra el expresident Carles Puigdemont y el resto de exconsejeros fugados.

La proposición señala que "serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios".

Y añade que "los hechos descritos en el apartado anterior serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público".

Entre las principales modificaciones, se introduce una "modalidad agravada de desórdenes públicos". Para ello, el texto propone que "el delito de desórdenes públicos sea cometido por una multitud cuyas características --número, organización y finalidad-- sean idóneas para afectar gravemente el orden público, entendido como el normal funcionamiento de las instituciones y servicios públicos".