TRIBUNALES
La Audiencia obliga al juez del 'caso Rato' a revisar las fianzas de las empresas publicitarias que contrataron con Bankia
Las fianzas fijadas eran de 4,5 millones para los recurrentes directivos y 2,1 millones para las personas jurídicas
La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de queja interpuesto por varios procesados en el denominado caso Rato, en concreto los que fueran responsables de las empresas con las que el ex ministro de Economía contrató una publicidad de la entidad bancaria que es sospechosa de constituir corrupción entre particulares. Ello obliga al instructor de la causa a revisar las fianzas impuestas, que fueron fijadas en 4.500.000 euros para los recurrentes directivos y 2.100.000 euros para las personas jurídicas.
En el auto hecho público este viernes la sección número 23 de la Audiencia de Madrid ordena concretamente al juez de instrucción Antonio Serrano-Arnal que admita y de trámite a los recursos de reforma, subsidiarios de apelación, que los directivos de Publicis y Zenith y también estas empresas, como personas jurídicas, presentaron contra el auto de apertura de juicio oral del pasado 1 de junio.
Las fianzas fijadas eran de 4,5 millones para los recurrentes directivos y 2,1 millones para las personas jurídicas.
La Sala entiende que la irrecurribilidad del auto de apertura de juicio oral, ideada por el legislador para evitar dilaciones indebidas, no debe ir en menoscabo de “valorar la importancia y trascendencia de las medidas civiles en los ámbitos de la actividad socioeconómica y empresarial a los que afecta el moderno derecho penal, con las graves consecuencias que dichas medidas pueden tener incluso para la viabilidad de determinadas personas jurídicas”.
En dicha resolución se acordó también la apertura de juicio oral contra el ex ministro de Economía Rodrigo Rato por delitos contra la Hacienda Pública, blanqueo de capitales y corrupción en los negocios, en el marco de la causa sobre el presunto origen ilícito de su patrimonio. Le dio entonces un plazo para prestar fianza por un total de 65.132.961 euros, con el fin de "asegurar las responsabilidades pecuniarias" que pudieran imponérsele en sentencia, y con el apercibimiento de que de no aportar esta cantidad "se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada". Rato no abonó la cantidad, por lo que el titular del Juzgado de Instrucción número 31 acordó mantener el embargo que ya pesaba sobre sus bienes y propiedades.
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