COMUNIDAD DE MADRID

Madrid permite no usar mascarilla en el trabajo si hay distancia de seguridad

La Comunidad ha publicado la actualización de la normativa, que elimina la obligatoriedad de utilizar la protección en los recreos en los centros educativos

Trabajadores con mascarilla en una oficina.

Trabajadores con mascarilla en una oficina. / Germán Caballero

Además de permitir en colegios prescindir de la mascarilla al aire libre durante los periodos de recreo siempre que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, la Comunidad de Madrid ha dado luz verde a prescindir de la misma a los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo si, igualmente, se mantiene la distancia interpersonal.

La actualización de la normativa publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid recoge que el uso de la mascarilla no será obligatorio en los siguientes casos a partir del lunes 25:

  • En el momento de realizar actividad deportiva al aire libre.
  • Durante el consumo de bebidas y alimentos.
  • En las piscinas durante el baño y mientras se mantenga la distancia de seguridad.
  • En los centros de trabajo cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo si se mantiene la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros con el resto de trabajadores.
  • Durante las intervenciones de las partes en toda clase de procesos judiciales, también siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad.
  • En los centros docentes de la Comunidad de Madrid autorizados a impartir enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, actividades extraescolares y educación de personas adultas, durante los períodos de recreo que se realicen en espacios al aire libre y manteniendo, al igual que en las situaciones anteriores, el mínimo de distancia.