INVESTIGACIÓN

Bárcenas pide a García Castellón que anule su decisión de excluir el delito de secuestro en el juicio de Kitchen

"No se trata de un error material sino de la exclusión y eliminación de un delito (el de secuestro) recogido en nuestro escrito de calificación", lamenta la abogada Marta Giménez-Cassina, que representa a la familia Bárcenas-Iglesias

El extesorero del PP Luis Bárcenas

El extesorero del PP Luis Bárcenas / Nacho García / Nacho García

Tono Calleja Flórez

Tono Calleja Flórez

El extesorero del PP Luis Bárcenas, su mujer, Rosalía Iglesias, y el hijo de ambos Guillermo Bárcenas Iglesias han presentado un escrito en la Audiencia Nacional en el que reclaman al juez Manuel García Castellón que anule su decisión de eliminar el delito de secuestro del auto de apertura de juicio oral del caso Kitchen mediante el cual procesaba al exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y al ex secretario de Estado Francisco Martínez, entre otros.

"La mencionada resolución -afirmado con el respeto debido- vulnera gravemente el derecho fundamental a una tutela judicial efectiva y a un proceso con las debidas garantías al que tienen derecho mis representados y, en concreto, en lo referente a la exclusión de los delitos de secuestro al haberse efectuado por la vía de la rectificación", explica la abogada Marta Giménez-Cassina, que representa a la familia Bárcenas-Iglesias.

Esta letrada considera que "no es admisible" que el magistrado elimine como si de un simple error se tratara uno de los delitos recogidos en los escritos de acusación: "No se trata de un error material sino de la exclusión y eliminación de un delito (el de secuestro) recogido en nuestro escrito de calificación, delito que, por otra parte, ha sido objeto de investigación a lo largo de toda la instrucción y que, por tanto, no puede alegarse por los acusados indefensión alguna", lamenta la letrada.

"Remedio procesal excepcional"

La representante legal de la familia de Bárcenas recuerda, además, que la rectificación de las resoluciones judiciales constituye "un remedio procesal excepcional que posibilita que los órganos judiciales aclaren algún concepto oscuro o suplan cualquier omisión que contengan sus sentencias y autos definitivos, o bien rectifiquen los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que los mismos hayan podido incurrir".

Pero en este caso, prosigue el escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, "ninguna de las partes solicitó rectificación alguna sino nulidad de la resolución reseñada debido a que el cauce procesal debido era el del Procedimiento Ordinario o Sumario por la inclusión de los delitos citados (organización criminal y secuestro) en el auto de apertura cuyas penas en abstracto y conforme a lo preceptuado en nuestro texto punitivo superan los 9 años prisión".

Delito de secuestro

Asimismo, los Bárcenas destacan que a lo largo de la instrucción se ha investigado "la posible participación de los entonces investigados y ahora acusados en el delito de secuestro". Y que este fue el motivo por el que fueron interrogados por estos hechos, "además de existir abrumadora prueba documental en la causa relacionada con el referido delito".

Finalmente, concluye la letrada, "es evidente que el magistrado Instructor entendió que, efectivamente, tal y como se recoge en el auto de 13 de octubre de 2023 de apertura de juicio oral, existían indicios bastantes de la comisión de delito de secuestro", destaca la letrada Giménez-Cassina, que reclama de esta forma la nulidad del auto de apertura del juicio oral del caso del espionaje a Luis Bárcenas.