El Supremo avala que se exija corbata en verano a los vigilantes en centros comerciales con aire acondicionado

Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid (España). - Alejandro Martínez Vélez -

Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid (España). - Alejandro Martínez Vélez - / EP

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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado en una sentencia que las empresas exijan en verano el uso de corbata al personal de seguridad que trabaja de cara al público en centros comerciales con aire acondicionado. La Sala de lo Social del TS declara que esa exigencia no atenta contra la dignidad de los trabajadores y considera que es adecuada a las condiciones de trabajo, ya que solo afecta a los vigilantes que prestan servicio de cara al público en las dependencias del centro comercial que dispone de aire, no aplicándose a quienes trabajan durante el verano en otros puestos como almacenes, muelles o vigilancia fuera del horario de apertura de los centros.

En su resolución, el Supremo desestima el recurso del sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada frente a la sentencia de la Audiencia Nacional que dio la razón a Sicor Seguridad El Corte Inglés. Los magistrados señalan que la exigencia de llevar corbata respeta tanto el acuerdo alcanzado con otros sindicatos de la empresa como dispuesto en la Orden del Ministerio de Interior 318/11.

Esa orden, en concreto, deja en manos de la empresa la competencia para decidir sobre el uniforme de los vigilantes de seguridad, teniendo en cuenta su adecuación a las condiciones de trabajo, la estación del año y otras posibles circunstancias de orden funcional, laboral o personal, así como la dignidad de los trabajadores y la igualdad por razón de sexo.