Deliberación del Supremo

Los recursos contra el nombramiento de Delgado dependerán finalmente de siete magistrados

El asunto no irá al Pleno de lo Contencioso, que integran una treintena de magistrados

Los recursos del PP y Vox deberán superar un primer obstáculo sobre su legitimación para impugnar el nombramiento

Dololores Delgado

Dololores Delgado / Miguel Lorenzo

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Los recursos presentados por el PP y Vox contra el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal general del Estado no irán finalmente al Pleno no de lo Contencioso del Tribunal Supremo --que integran casi una treintena de magistrados- y dependerá tan sólo del criterio que adopten a partir del próximo 19 de febrero los seis magistrados de la sección a la que corresponde el asunto y a los que se unirá el presidente de esta Sala, César Tolosa.

La cuestión, que afecta a la idoneidad en el cargo como fiscal general de la que apenas unos días antes era ministra de Justicia del Gobierno de Pedro Sánchez, deberá superar en primer lugar el obstáculo sobre la legitimación que tienen o no los partidos políticos para impugnar decisiones del Gobierno.

Si supera esta cuestión previa, y al parecer claro que Delgado cumplía con los requisitos formales para acceder al cargo, la deliberación se centrará en el escurridizo concepto de su idoneidad y su imagen de autonomía e imparcialidad. Se trata de cuestiones que, según fuentes jurídicas consultadas por EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, podría tener difícil encaje en un debate puramente jurídico y de control de legalidad de la designación.

ANTECEDENTE DE ELIGIO HERNÁNDEZ

El único antecedente hay que buscarlo en una deliberación de esta misma Sala hace 27 años, con motivo de la revocación del nombramiento de Eligio Hernández que fue deliberada por un total de 32 jueces. Los vocales que pidieron la avocación a Pleno del asunto de Delgado alegaban que se hiciera lo mismo en este caso "por causas, entre otras, de deferencia institucional".

Respecto del fiscal general Hernández el debate se centró solamente en los aspectos formales y pese a ello la Sala se dividió. La mayoría, en todo caso, entendió que los siete años en los que éste desempeñó cargos dependientes del Gobierno no constituyeron un ejercicio efectivo de su profesión de jurista, por lo que no alcanzaba los 15 de ejercicio efectivo y no podía ser fiscal general.

En cuanto a Delgado, hay que recordar que la mayoría del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) avaló su elección como fiscal general el pasado 16 de febrero, si bien siete de los integrantes del órgano de gobierno de los jueces argumentaron en un voto particular que no era "idónea para desempeñar" la jefatura del Ministerio Público.

LA IMAGEN DE LA JUSTICIA

Según este documento, la autonomía e imparcialidad del Ministerio Fiscal puede resumirse en el antiguo proverbio inglés "no basta que se haga justicia, sino que es necesario que se vea que se hace justicia". Estos son los términos en los que puede moverse el debate de los recursos en la Sala Tercera, que se iniciarán a partir de la ponencia que presente la magistrada Pilar Teso.

Los recurrentes, PP y Vox, dudan de la idoneidad y equidad de Delgado para dirigir el Ministerio Público. En el recurso del del PP se argumenta concretamente que el trabajo de Delgado es susceptible de afectarle «en torno a los diferentes procedimientos judiciales en curso» en los que los populares son parte».

Así las cosas, la posible anulación o no de su nombramiento dependerá de los magistrados Teso, Pablo Lucas, Celsa Pico, Luis Díez Picazo, Antonio Jesús Fonseca y José Luis Requero. Los dos últimos integraban la lista de nueve que querían que los recursos se vieran por el Pleno de 32 magistrados, en vez de quedarse en su sección.

El número de solicitantes no es, sin embargo, suficiente para forzar la avocación del asunto al Pleno, pues el artículo 197 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) obliga a que sean mayoría, y esta propuesta solo obtuvo un apoyo minoritario de 9 de los magistrados de lo Contencioso del Supremo.

La decisión recaía entonces en el presidente Tolosa, que según las fuentes consultadas la ha rechazado, si bien entrará en la Sala a deliberar con los magistrados adscritos a la misma. Por ello este tema será valorado por un total de 7 jueces.

La Abogacía del Estado ya ha argumentado sobre este asunto que el Supremo ni siquiera debería entrar a resolver sobre el fondo de esta cuestión porque «la invocación de la libertad individual, el Estado de Derecho, el imperio de la Ley, la independencia de la Justicia y el sistema democrático, que invoca el partido político recurrente, no confiere ningún título que legitime la interposición del presente recurso contencioso administrativo». La propia Delgado, que está personada de forma individual, solicita igualmente la desestimación de los recursos.