SANIDAD

El Constitucional estudia si el Estado vulnera la integridad de afectadas por el medicamento anti menopausia Agreal

El fármaco fue comercializado durante 22 años, desde 1983, y se retiró tras constatarse daños psiquiátricos en algunas pacientes

Las perjudicadas quieren que se reconozca su patología y se cree un equipo de expertos que fije terapias específicas

Afectadas por el fármaco "Agreal" protestan a la salida de los juzgados de Valencia.

Afectadas por el fármaco "Agreal" protestan a la salida de los juzgados de Valencia. / EFE/ Biel Aliño

Cristina Gallardo/Nieves Salinas

El derecho a la integridad física y moral (artículo 15 de la Constitución) y el derecho a acceder a la justicia (artículo 24). Su vulneración es lo que denuncian las afectadas por el consumo de un medicamento antipsicótico, el Agreal (Veralipride), que fue recetado entre 1983 y 2005 a cientos de mujeres españolas para hacer frente a la menopausia, y después retirado del mercado tras advertirse efectos psiquiátricos adversos. Ahora, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite un recurso de la Asociación Agreal Mujeres Luchadoras que puede dar un vuelco a su situación frente a la Administración sanitaria.

El recurso, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, lo ha presentado el Bufete Almodóvar & Jara, que defiende los intereses de la asociación frente a unas resoluciones concretas de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo que han rechazado sus reclamaciones ante el Estado. 

En este punto del proceso - algunas mujeres llegaron a ser indemnizadas por la farmaceútica, aunque se rechazó cualquier responsabilidad patrimonial del Estado-, lo que se busca es obligar al Ministerio de Sanidad a analizar la condición de víctimas de estas mujeres, así como la creación de un grupo de trabajo multidisciplinar para fijar medidas terapéuticas y sanitarias.

Esta petición fue rechazada septiembre de 2020 por la Audiencia Nacional, que argumentó en coincidencia con la Abogacía del Estado que no podían aceptarse las peticiones por no darse en este caso un supuesto de inactividad de la Administración y no considerarse que el procedimiento empleado, por la vía de la protección de los derechos fundamentales, fuera el adecuado. En julio del pasado año, el Supremo rechazó el recurso contra esta decisión por falta de fundamentación y reprochando la ineficiente técnica procesal empleada por la defensa.

ESPECIAL TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL

No obstante, los abogados no se desanimaron y acudieron al Tribunal Constitucional, que acordó estudiar su recurso de amparo el pasado 14 de noviembre. En su providencia -un triunfo dado el alto porcentaje de amparos que ni siquiera se admiten a trámite, más del noventa por ciento-, los magistrados Pedro Gonzalez-Trevijano, Ricardo Enríquez Sancho y María Luisa Balaguer aprecian que en este caso concurre "una especial trascendencia constitucional" porque el recurso afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay aún doctrina. Se trata del artículo 15 de la Constitución, que protege la vida y la integridad física y moral de las personas.

En su recurso, Miguel Jara y Francisco Almodóvar defienden que el órgano de garantías "debe actuar para que la Administración cree un equipo de expertos que analice el Dosier Agreal, las historias clínicas de las mujeres demandantes, las explore, y actualice la información, que lleva desactualizada desde el año 2007". 

Se refieren a un documento elaborado en 2007 por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) en el que se cuestiona la seguridad de Agreal y realiza al Grupo Sanofi-Aventis -con sede en París- una serie de cuestiones científicas. En el año 2011, la presidenta de la Asociación consiguió a través del Defensor del Pueblo de la UE el “Dosier Agreal”, que fue entregado al departamento de medicina legal de la Universidad de Alcalá de Henares (Madrid). Los expertos concluyeron que los ensayos clínicos desde el principio tenían una duración no superior a tres meses, cuando las mujeres demandantes habían consumido el fármaco durante años.

EL DOSIER AGREAL

El informe pericial también constató que el dosier incorporaba datos de mujeres con problemas psiquiátricos y neurológicos crónicos tras tomar Agreal. Es decir, situaciones clínicas idénticas a las mujeres demandantes en España. Estos datos fueron recogidos por Sanofi Francia durante los años de ensayo y comercialización del producto, pero nunca antes habían sido publicados, y fueron ocultados a los jueces y médicos españoles.

Para los demandantes de amparo, EL TC debe decidir si la falta de actualización de la información y su ocultación a las víctimas provoca un daño moral de tal relevancia que daña el contenido esencial del artículo 15 de la Constitución.

Igualmente, los recurrentes consideran vulnerado el artículo 24 (acceso al proceso con todas las garantías) en relación con la decisión adoptada en su día por el Tribunal Supremo "al inadmitirse recursos de casación, trabajados, que siguen fielmente, punto por punto, lo estipulado en la ley y, sin embargo, ven negado el acceso a la jurisdicción, sin detallar el defecto que se ha cometido, o indicar un defecto que no es cierto", agrega la demanda de amparo.

COMERCIALIZADO 22 AÑOS

El medicamento, fabricado por la empresa multinacional Sanofi, estuvo en el mercado español desde 1983 hasta el año 2005, cuando la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) suspendió la comercialización porque el fármaco no superaba la relación beneficio riesgo al haber aparecido en España numerosas mujeres que presentaban síntomas psiquiátricos y neurológicos tras su consumo.

 Sanofi y la AEMPS fueron demandadas en España por numerosas mujeres. Hubo algunas sentencias declarando el defecto del producto, pero nunca se pudo demostrar ante los jueces que el medicamento, en su consumo prolongado -más allá de tres meses- tenía riesgo de ocasionar trastornos de carácter neuropsiquiátrico. Estos síntomas fueron negados por la AEMPS y Sanofi durante todos los procesos judiciales, gracias a una 'Nota Informativa de 9 de febrero de 2007' que los demandantes exigen ahora que se actualice. Mientras tanto, se sigue permitiendo que víctimas como las pertenecientes a esta asociación no tengan reconocidas por sus médicos sus enfermedades crónicas, consecuencias del uso en su día de Agreal, según aseguran.