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Qué es la Ley de Amnistía que quiere 'reinterpretar' el Gobierno

Vigente desde 1977, PSOE y Unidas Podemos buscan la fórmula para introducir una enmienda que abra una puerta a la investigación de los crímenes franquistas de lesa humanidad

Yolanda Díaz y Pedro Sánchez, en el Congreso.

Yolanda Díaz y Pedro Sánchez, en el Congreso. / EUROPA PRESS

Madrid

El Gobierno tiene entre sus planes modificar y 'reinterpretar' la Ley de Amnistía, vigente desde 1977, pero no derogarla. Por ello, PSOE y Unidas Podemos buscan la fórmula para introducir una enmienda que abra una puerta a la investigación de los crímenes franquistas de lesa humanidad a través de una enmienda en la Ley de Memoria Democrática. Pero, ¿qué es exactamente la Ley de Amnistía, y cuándo y por qué surgió?

El 15 de octubre de 1977, la Ley de Amnistía se convirtió en la primera norma aprobada por un Parlamento que había sido elegido previamente de forma democrática desde que acabó la Guerra Civil. Aprobada por la inmensa mayoría de los diputados, solo hubo dos votos en contra, además de la abstención de Alianza Popular.

Dicha ley Incluía la amnistía de los presos políticos y de delitos que incluían actos políticos, rebelión, sedición y denegación de auxilio que hubieran sido cometidos antes del día 15 de diciembre de 1976, cuando fue ratificada en referéndum la Ley para la Reforma Política. Además, también concedía la amnistía a las autoridades, funcionarios y agentes del orden culpables de delitos o faltas durante la persecución de actos políticos o violando "los derechos de las personas".

Fue puesta en vigor en plena transición a la democracia, puesto que su objetivo era reparar a las víctimas de la dictadura y eliminar algunos efectos jurídicos que pudieran hacer peligrar la consolidación del nuevo régimen.

Pero décadas más tarde, las denuncias interpuestas por delitos de lesa humanidad, genocidio y desaparición forzada cometidos durante la guerra civil y la dictadura se encontraron con el obstáculo infranqueable de la citada ley, que impedía juzgar delitos pertenecientes a esa época. Por ello, organizaciones como Human Rights Watch y Amnistía Internacional solicitaron en repetidas ocasiones al Gobierno derogar la norma al considerarla incompatible con el Derecho internacional, puesto que impide juzgar delitos considerados imprescriptibles.

De hecho, el 10 de febrero de 2012, Navanethem Pillay, representante de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, pidió formalmente a España la derogación de la ley argumentando que incumplía la normativa internacional sobre derechos humanos.

Un "brindis al sol", según los juristas

Ambos socios de Gobierno han acordado que las leyes internacionales para la persecución de los delitos de lesa humanidad se apliquen "como derecho vigente en España", de tal manera que la Ley de Amnistía estipule que "los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tengan la consideración de imprescriptibles y no amnistiables". La motivación de la enmienda responde a "garantizar el derecho a la justicia de las víctimas", según reza el texto pactado.

Trabajos de búsqueda y exhumación en la fosa de Recas (Toledo).

Trabajos de búsqueda y exhumación en la fosa de Recas (Toledo). / EFE

La posibilidad de abrir una puerta a la investigación de los crímenes franquistas que busca la enmienda pactada por los socios de gobierno en la Ley de Memoria Democrática encontrará importantes dificultades para conseguir resultados en la práctica, según expertos consultados por EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, que temen que la medida no suponga más que un 'brindis al sol'.

Entre los motivos, que se trate de un mero "mandato de interpretación" de los tratados internacionales que, de facto, España ya está comprometida a cumplir, a lo que se une la inconstitucionalidad de los efectos retroactivos de las leyes y el hecho de que muchas víctimas y también posibles autores de estos crímenes ya hayan fallecido. En todo caso, la aplicación práctica del mandato corresponderá a los jueces, que deben aplicar la ley de acuerdo a las circunstancias de cada caso concreto.

La realidad es que hasta ahora los tribunales han venido respondiendo negativamente ante las querellas que buscaban justicia por estos crímenes basándose en el derecho internacional humanitario, incidiendo en que no se podía hacer nada mientras estuviese vigente la norma de 1977.

"Debate ficticio"

En cuanto al debate jurídico, expertos constitucionalistas consultados  descartan que la enmienda obligue a reformar la Ley de Amnistía al tratarse la enmienda pactada de una norma interpretativa, no de reforma de la citada ley.

Estas fuentes califican el debate sobre la reapertura de las investigaciones de los crímenes franquistas de "ficticio" y recuerdan que según el artículo 9.3 de la Constitución la reforma no debería producir efectos retroactivos. 

Según este artículo, la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas y también "la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos".