SECTOR INMOBILIARIO

Ayuso podrá obligar a los ayuntamientos 'rebeldes' a autorizar la construcción de las viviendas del Plan Vive

La Comunidad de Madrid tiene la posibilidad de aplicar un artículo de la Ley Ómnibus para autorizar la construcción de viviendas destinadas al alquiler asequible si los ayuntamientos demoran sin justificación los plazos de las licencias de obras

Isabel Díaz Ayuso en una visita a las obras de prolongación de la Línea 3 de Metro

Isabel Díaz Ayuso en una visita a las obras de prolongación de la Línea 3 de Metro / Comunidad de Madrid

Gabriel Santamarina

Gabriel Santamarina

La Comunidad de Madrid podría utilizar la Ley Ómnibus, aprobada en diciembre de 2022, para evitar retrasos en el Plan Vive, su programa de colaboración público-privado de construcción de viviendas destinadas al alquiler asequible sobre suelos demaniales de la administración. En total, la región tiene, en diferentes fases de desarrollo, la construcción de 8.500 pisos de estas características por parte de promotores y fondos de inversión.

Una de las quejas del Partido Popular madrileño durante la última campaña de las elecciones autonómicas, en la que Isabel Díaz Ayuso se alzó con la mayoría absoluta, era que los ayuntamientos gobernados por fuerzas políticas progresistas, la mayoría por el PSOE, estaban ralentizando los plazos de obtención de licencias para retrasar los plazos de ejecución del Plan Vive. La presidenta llegó a verbalizar estas quejas a los consistorios socialistas a los que acusó de provocar "retrasos administrativos injustificados de entre 11 y 14 meses", como Móstoles o Getafe, y a los que señaló como culpables de "bloquear de manera insensata" la construcción de viviendas destinadas al arrendamiento a precios por debajo de mercado.

Una fuente conocedora de la situación confirma que en un municipio gobernado por el PSOE la licencia de obra tardó 16 meses en obtenerse, casi el mismo tiempo que posteriormente la empresa promotora necesitó para construir todas las viviendas. "Es una locura que se tarde lo mismo en una licencia que en construir un bloque de 300 casas", señala.

Aplicación del artículo 163 de la Ley Ómnibus

Para evitar estos retrasos, la Comunidad de Madrid se reserva un mecanismo legal. En concreto, se trata del artículo número 163 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, conocida popularmente como Ley Ómnibus.

Este punto, descrito como 'Actos no sujetos a título habilitantes de naturaleza urbanística promovidos por otras Administraciones Públicas', puede utilizarse en acciones ejercidas por la Comunidad de Madrid en la "ejecución de políticas públicas", que "sean urgentes o de interés general", algo que estaría justificado con la emergencia de acceso a la vivienda existente.

El mecanismo es sencillo: los promotores presentan el proyecto de ejecución de las viviendas y el ayuntamiento tiene un mes de plazo para analizarla. Si pasado ese plazo, no hay respuesta, se da por aprobado. Si el consistorio notifica que no está de acuerdo a las normativas urbanísticas, el inversor intentará adaptarlo, pero, si no es posible, la Comunidad de Madrid, "sobre la base de los motivos de urgencia o interés general que exige la realización del proyecto", resolverá sobre su ejecución, autorizando las obras.

Fuentes privadas indican que la intención de la Comunidad de Madrid es que sean los propios ayuntamientos los que agilicen las licencias para la construcción de estas viviendas de la mano de promotores privados sobre suelos públicos, pero se guardan un 'as' para acelerarlas si los consistorios no lo hacen.

Fuentes de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras consultadas indican que no será necesario aplicarlo y que, actualmente, es algo que no está sobre la mesa porque confían en el buen hacer de los consistorios. Esta medida de la Ley Ómnibus ya se utilizó en el pasado en la reforma del Hospital 12 de Octubre, la redacción de la línea 11 de Metro y la construcción del Intercambiador de Valdebebas.

El artículo 155 también recorta plazos

El artículo número 155 de la Ley Ómnibus es otro de los que acortará plazos en el Plan Vive. Este punto regula los actos sometidos a declaración responsable urbanística. Desde 2023 se puede utilizar en sustitución de la licencia de primera ocupación, que se otorga desde los ayuntamientos. Una vez finalizada la obra de unas viviendas ya no será necesario que un funcionario supervise que todo está correcto, sino que lo podrá hacer una Entidad Colaboradora Urbanística (ECU), que lo certifica siguiendo la normativa vigente.

Hacerlo a través de una empresa privada es más ágil que hacerlo a través del ayuntamiento; mientras que, en algunos casos, esta licencia de primera ocupación puede tardar meses en recibir. Para los inversores, recibir la autorización mediante una declaración responsable supone un ahorro de plazos y empezar a cobrar alquileres y obtener un retorno a su inversión antes.