COMUNIDAD DE MADRID
Los letrados de la Asamblea advierten de la inconstitucionalidad de la nueva Ley de Telemadrid
El informe remitido a la Mesa de la Asamblea basa su argumentación en la sentencia del TC por el recurso de inconstitucionalidad que el PP presentó contra la ley de Sánchez para la elección del consejo de RTVE
El PP recula y presenta una enmienda para ajustar la Ley de Telemadrid a la Constitución
Los cambios que pretende hacer el Gobierno de la Comunidad de Madrid en la Ley de Telemadrid son contrarios a la Constitución Española. Es lo que dice el informe de los letrados de la Asamblea de Madrid que han informado sobre la ley ómnibus que se debatirá en el pleno antes de finalizar el año y que incluye la modificación de hasta 15 leyes autonómicas.
El PP introdujo en la cámara esta ley ómnibus sobre la "simplificación y mejora de la eficacia de las instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid" a través de una proposición de ley del grupo parlamentario popular, lo que concede mayor rapidez en la tramitación y aprobación de la misma porque se ahorran varios pasos. En la misma, se incluyen varios apartados para la modificación de la Ley de Radio Televisión Madrid, entre ellos que el director general del ente ya no será elegido por la Asamblea de Madrid sino que será propuesto y elegido por la Junta General de Accionistas de Telemadrid.
Sentencia sobre RTVE
Esta decisión, según el informe de los letrados de la cámara, es inconstitucional. En concreto, apunta que hay varios artículos que son "contrarios al control parlamentario de los medios de comunicación" que establecen "el artículo 20.3 de la Constitución Española" y también del Estatuto de Autonomía. El informe se ampara en la interpretación que hace el Tribunal Constitucional en una sentencia sobre RTVE, fechada el 10 de mayo de este mismo año y en respuesta, precisamente, al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los senadores del grupo popular en contra de la ley estatal sobre la designación del Consejo de Administración de RTVE y su presidente.
Según la interpretación constitucional de esta sentencia, explica el informe, "en la potestad de control parlamentario que contempla el art. 20.3 CE integra la facultad de las Cámaras para nombrar a los integrantes de los órganos de gobierno de esos medios de comunicación". Y entre los órganos de gobierno de Telemadrid se encuentran tanto el consejo de administración, como el director general y el consejo asesor.
La modificación de la ley del ente público establece también que los miembros del Consejo de Administración serán elegidos por la Asamblea a propuesta de los grupos parlamentarios "atendiendo a la proporcionalidad con la que estén representados en la cámara" cada uno de ellos. Y es el Consejo el que debe "propone a la Junta General de Accionistas" de Telemadrid el nombramiento del director general. Teniendo en cuenta que el PP tiene una mayoría absoluta en la cámara autonómica y que, por tanto, se le presupone también una mayoría absoluta en el consejo, fuentes parlamentarias, entienden que a los populares no les hace falta hurtarle a la asamblea de Madrid la elección del director general porque consiguen el mismo resultado por las dos vías: "Solo buscan controlarlo todo, bunkerizarse".
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