Tribunales
El Supremo confirma la suspensión de un Guardia Civil por actuar de escolta para la familia real saudí
Tenía permiso para ser conductor, pero no se había aprobado su compatibilidad con labores de protección
Tenía permiso para ser conductor, pero no escolta. La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de tres meses y un día de suspensión de empleo y sueldo para un guardia civil destinado en Málaga que fue descubierto haciendo labores de protección a miembros de la familia real saudí durante el verano de 2021. El agente acompañaba a varios miembros de la familia cuando hacían compras en Marbella o Puerto Banús.
El agente, destinado en el Servicio Marítimo Provincial en la localidad de Benalmádena, tenía reconocido su derecho a compatibilizar el ejercicio de la profesión de conductor de vehículos de personal con su actividad como guardia civil desde marzo de 2017.
En su recurso ante el alto tribunal, alegó caducidad del expediente disciplinario; vulneración del derecho a la presunción de inocencia y falta de proporcionalidad de la sanción, entre otros motivos, pero ninguno de ellos son estimados por la Sala en una sentencia que tiene fecha del pasado 7 de febrero, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA.
Su actividad con el grupo familiar Bin Turki, perteneciente a la familia real Saudí, fue descubierto por agentes de la Policía Nacional, que elevaron un informe a la Subdelegación del Gobierno en el que se concluía que este guardia civil desarrollaba actividades de seguridad privada prestada a particulares de manera irregular. En el transcurso de la investigación fue identificado por agentes del Cuerpo Nacional de Policía en el interior de un centro comercial, prestando seguridad al grupo familiar saudí y reconoció llevar encima una pistola particular.
Los testigos que declararon en las actuaciones disciplinarias abiertas -escoltas privados y agentes de seguridad privada- manifestaron no haber visto al agente conducir los vehículos de alta gama utilizados por la familia saudí, pues ocupaba en todas ocasiones el asiento del copiloto. Siempre encontraba en actitud vigilante y no interaccionaba con los miembros de la familia, es decir, actuaba de escolta.
El agente investigado aportó un contrato privado de prestación de servicios suscrito entre él y uno de los asistentes de los saudíes para la prestación de servicios de chófer, pero esta no era la naturaleza de su trabajo, según acreditó la investigación. Por ello, el alto tribunal rechaza todos los motivos de su recurso y confirma la suspensión impuesta.
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