ANÁLISIS

Caso Semenya: un cierre en falso que no entra en el fondo del problema

El Tribunal de Estrasburgo dice que la atleta Caster Semenya fue discriminada

La atleta Caster Semenya, durante una competición en 2017.

La atleta Caster Semenya, durante una competición en 2017. / Europa Press

Sergio R. Viñas

Sergio R. Viñas

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha dado la razón a Caster Semenya, sí, pero no hasta el punto que la atleta hubiese deseado. El fallo conocido este martes es un triunfo para la atleta sudafricana, pero lo es solo de manera parcial, por cuanto le reconoce que sus alegaciones no fueron tratadas con la diligencia debida por parte del Tribunal Federal de Suiza, que asumió su apelación a la decisión inicial del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS). Simplificando, no tuvo un 'juicio justo' y así se lo ha reconocido Estrasburgo.

El fondo de la cuestión, sin embargo, continúa sin resolverse. Muy al contrario, World Athletics, la federación internacional de atletismo, ya ha anunciado que mantendrá en vigor las limitaciones para competir que borraron del medio fondo profesional femenino a Semenya, pues la sentencia del TEDH no le insta a que haga lo contrario. Las atletas intersexuales como ella, en fin, siguen sometidas a unas limitaciones que buena parte del deporte mundial considera injustas hacia ellas.

Medios "necesarios, razonables y proporcionales"

World Athletics defiende que sus regulaciones sobre los trastornos de desarrollo sexual (DSD) son "medios necesarios, razonables y proporcionales para proteger la justicia de las competiciones de categoría femenina", argumento que siempre ha usado para forzar a atletas como Semenya a reducir artificialmente sus niveles de testosterona (anormalmente altos en mujeres no intesexuales) para poder participar.

La atleta sudafricana Caster Semenya.

La atleta sudafricana Caster Semenya. / Reuters

El TEDH recuerda que siempre ha insistido en que "las diferencias basadas exclusivamente en el sexo deben justificarse por consideraciones muy fuertes, motivos imperiosos o razones particularmente sólidas y convincentes", argumentos con los que invita a la justicia suiza a reevaluar el caso.

En realidad, el TEDH, pese a algunas intepretaciones erróneas realizadas durante este martes, no podía entrar al fondo de la cuestión, pues no es su cometido escrutar las normativas impuestas por una federación deportiva de carácter internacional, sino solo evaluar si el tribunal recurrido, en este caso el Federal de Suiza, obró con justicia al desestimar las alegaciones de la atleta.

La batalla llegará tarde para Semenya

No lo hizo, según Estrasburgo, y ahora Semenya deberá volver a acudir a la justicia suiza para tratar de que World Athletics, en última instancia, se vea obligada a derogar la normativa actual que limita la participación de mujeres con ella en categorías femeninas. Un desenlace hipotético que, ya con 32 años, le llegaría tarde para ella. Habrá que ver, en definitiva, si está dispuesta a seguir librando la batalla por las que vendrán (y por las que ya están) detrás de ella.

Porque el TEDH sí concede que Semenya "pudo haber sido discriminada" por su condición de atleta intersexual. Sobre el papel, tras este pronunciamiento, el Tribunal Federal de Suiza podría suspender provisionalmente esa normativa de World Athletics, si bien goza de tres meses para recurrir el fallo del TEDH, algo que en buena lógica debería hacer para defender su autoridad sobre la materia juzgada.

Ocurra lo que ocurra, el debate seguirá vivo y su resolución no se antoja sencilla. Al final, el fondo de la cuestión es cómo encajar en solo dos departamentos estanco (categorías masculina y femenina) las diferentes identidades de género que existen en la Humanidad. La cuadratura del círculo.