Empleo

El subsidio para mayores de 52 años cambia: novedades a partir del 1 de junio

Esta reforma afectará solo a aquellos trabajadores que se conviertan en beneficiarios desde junio de este año

El subsidio cambia a partir del 1 de junio. Estas son las novedades

El subsidio cambia a partir del 1 de junio. Estas son las novedades

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P. G.

Los mayores de 52 años que cobran este subsidio tienen que estar atentos al próximo mes de junio cuando esta prestación contributiva apliquen unos cambios que serán para siempre. Estos ajustes en las bases de cotización, vienen a través de la reforma de los subsidios llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo y Economía Social dirigido por Yolanda Díaz.

Uno de los cambios fundamentales se enfoca en las contribuciones para la jubilación. Según lo publicado en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, se prevé una disminución gradual de la base reguladora a lo largo del tiempo, con el propósito de incentivar el retorno al mercado laboral. Esta acción busca ajustar las contribuciones a la actualidad económica que vivimos y promover la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo.

Además, se contempla la posibilidad de compatibilizar el subsidio con un trabajo, permitiendo a los beneficiarios recibir la cuantía completa durante seis meses mientras buscan empleo, ya sea a tiempo completo o parcial. Este enfoque tiene como objetivo impulsar la reincorporación laboral y garantizar un colchón financiero durante la búsqueda de trabajo.

Este cambio que se introducirá en junio establece que a partir de 2028 la base de cotización quede fijada en el 100% de la base mínima de cara a cobrar la pensión de jubilación. La reducción afectará solo a aquellos trabajadores que se conviertan en beneficiarios a partir del 1 de junio. Para los que ya tuvieran concedido el subsidio para mayores de 52 años con anterioridad al 1 de junio de este año, la base de cotización seguirán siendo del 125% y no sufrirán una reducción progresiva de la cotización en los próximos años.

Requisitos básicos para acceder al subsidio

  1. Estar en desempleo

  2. Tener 52 años o más en la fecha de la solicitud

  3. Estar inscrito como demandante de empleo

  4. Cumplir el acuerdo de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.

  5. Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias

  6. Acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúnes todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español - haber cotizado por jubilación 15 años, dos de los cuales han de estar dentro de los últimos 15 - y que has cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de tu vida laboral. 

Novedades que se verán en la cuenta corriente

Uno de los principales requisitos para poder acceder a cualquier subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es carecer de ingresos que superen el 75% Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluyendo las dos pagas extras. En 2023 esté límite, quedaba en 810 euros.

Ahora este límite se eleva hasta los 850,50 euros, lo que permitirá el acceso a más personas que antes por muy poco sobrepasaban el anterior límite.

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Además en 2024 el subsidio por desempleo para mayores de 52 años cotiza a la Seguridad Social por 1.653,75 euros. Este aumento de la cotización dará como resultado una mejor pensión de jubilación en comparación de que se hubiera mantenido el SMI de 2023.

Las bases de las cotizaciones del subsidio para mayores de 52 años

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120% de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115% de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110% de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105% de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

  • Durante el ejercicio 2028 la base de cotización será equivalente al 100% de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

Penalización del subsidio para mayores de 52 años

Se considera como una falta grave de las condiciones del subsidio el rechazo sin causa justificada de una oferta de empleo, siempre que sea adecuada al perfil o de participación en un curso de formación. Sancionandose con "la pérdida del subsidio durante tres meses la primera vez, seis meses si se reincide por segunda vez y con la extinción del subsidio si ocurre por tercera vez".