Jubilación

La mili no contribuye a la pensión: este es el motivo

El servicio militar obligatorio que realizaron muchos hombres sigue sin contribuir a la jubilación con el objetivo de no ampliar la brecha de género

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El servicio militar obligatorio no contribuye a la pensión de jubilación.

El servicio militar obligatorio no contribuye a la pensión de jubilación.

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P. G.

La 'mili' dejó de ser obligatoria en España a partir de 2001, pero antes de ese año todos los jóvenes que alcanzasen la mayoría de edad debían pasar por este servicio militar.

El servicio militar obligatorio que realizaron muchos hombres en el Ejército sigue sin contribuir a la jubilación con el objetivo de no ampliar la brecha de género. Normalmente, ese período se alargaba durante doce meses en los que la Seguridad Social no aportaba nada por la persona. Ese año para mucha gente puede suponer un recorte en su prestación futura.

La web del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) establece que "los periodos de servicio militar o de prestación social sustitutoria se contabilizaban para alcanzar el periodo de cotización específico en el caso de una jubilación anticipada, voluntaria o forzosa, y con el límite máximo de un año”. De esta forma, y siempre que se cumplan los requisitos, los beneficiarios pueden sumar un año extra de cotización.

Sin embargo, para acceder a la jubilación ordinaria el servicio militar obligatorio no cuenta para tener derecho a cobrar el 100% de la pensión. La edad de jubilación ordinaria está actualmente en los 66 años y 4 meses, al aumentarse este año dos meses. De esta forma, desde el 1 de enero se podrán jubilar con 65 años aquellos trabajadores que hayan cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 38 añosPor otro lado, los que no hayan alcanzado esa cifra no podrán jubilarse antes de los 66 años y 6 meses.

Requisitos para recibir la ventaja de la Seguridad Social por hacer la mili

Para acceder a la jubilación antes de la edad ordinaria:

  • Se debe haber cotizado un mínimo de 35 años y dos de estos deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores. En este caso, si alguien tiene 34 años cotizados e hicieron la mili podrían prejubilarse de forma voluntaria.

  • Si la jubilación anticipada es involuntaria, la persona solo tiene que demostrar 33 años de cotización en cualquier régimen de la Seguridad Social.

Cómo solicitar la jubilación anticipada teniendo en cuenta el servicio militar

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Como suele ser el caso en este tipo de trámites, la manera de solicitar la jubilación anticipada es a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El interesado debe rellenar el apartado para el servicio militar y sumar el ‘Certificado de servicios para el cómputo recíproco de cotizaciones con otros regímenes de la Seguridad Social’. Este documento se puede solicitar en cualquier delegación o subdelegación provincial del Ministerio de Defensa.

También se puede realizar el trámite por la vía presencial, enviando un escrito certificado a esas delegaciones a través de Correos. A este mensaje hay que adjuntar una copia y original del DNI y lo mismo de la cartilla del servicio militar. Por último, habría que acudir a la oficina de la Seguridad Social mediante cita previa y solicitar que se incluya ese año en la vida laboral.