Fiscalidad

¿Se puede reclamar una multa por un error en la declaración de la Renta? La OCU explica los detalles

La OCU explica cómo corregir un fallo en la declaración de la Renta si te ha ocurrido

Hacienda busca monitorizar las facturas en tiempo real para luchar contra el fraude

Declaración de la Renta con errores: así se puede solucionar

Declaración de la Renta con errores: así se puede solucionar

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P. G.

La campaña de la declaración de la renta de este año arranca el próximo 3 de abril hasta el próximo 1 de julio. Para los que hagan el trámite por Internet lo podrán hacer desde el mismo día 3, mientras que a partir del 7 de mayo se podrá hacer vía telefónica contactando con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Los contribuyentes que prefieran acudir a las oficinas de la AEAT podrán hacerlo a partir del 3 de junio.

Todavía falta mucho, pero es interesante conocer detalles y novedades de cara a la campaña de este año. Una de las cuestiones que debes saber es que es posible corregir posible errores en la declaración del IRPF. La OCU explica cómo hacerlo porque es diferente según sea el error, si te causa a ti un perjuicio o si es Hacienda quien pierde.

Error en contra del declarante

Si te has confundido en la declaración y el resultado te supone pagar de más o tener una devolución menor de la que te correspondía, puedes solicitar una rectificación de la autoliquidación y devolución de ingresos indebidos antes de que pasen cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar la declaración (o desde el día siguiente a la presentación, si es que lo hiciste fuera de plazo).

Podrás hacerlo fácilmente en la plataforma RentaWeb: si usaste el número de referencia para presentar la declaración, te servirá el mismo número. También puedes identificarte con Cl@vePiN, DNIe o certificado electrónico. En RentaWeb debes seleccionar la opción “Modificar declaración”, cambiando lo necesario para corregir los errores o añadir los datos omitidos.

Si la solicitud se considera procedente, Hacienda rectificará la declaración presentada y te devolverán la cantidad solicitada más los intereses de demora que correspondan:

  • Si pagaste de más, te pagarán intereses desde el día del ingreso indebido hasta la fecha en que se ordene la devolución.

  • Si el error provocó que te devolvieran de menos, solo te darán los intereses si han pasado más de 6 meses desde la presentación de la solicitud de rectificación sin que se efectúe la devolución.

Ten en cuenta que en el caso de rectificaciones de declaraciones, las devoluciones no son tan rápidas y es muy posible que tengas que esperar bastante tiempo hasta que la devolución se haga efectiva. 

Error en contra de Hacienda

Si por error pagaste de menos o te han devuelto de más, es probable que te manden una declaración paralela, pero no esperes a que pase eso: lo mejor es presentar una declaración complementaria cuanto antes. Así te ahorrarás la sanción (que como mínimo será el 21% del importe pagado de menos o devuelto de más). Sólo tendrás que pagar un recargo, que es del 1% sobre el importe resultante a ingresar, más un 1% adicional por cada mes de retraso desde el fin del plazo establecido para la presentación de la declaración (el pasado 30 de junio).

Si presentas la declaración complementaria pasados los 12 meses, el recargo es del 15% y tendrás que pagar intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses hasta la presentación de la complementaria.

Para presentar una complementaria deberás entrar en RentaWeb, completar el apartado "Declaración complementaria" y subsanar el error cometido. 

Qué hacer si no has presentado declaración de IRPF

¿Se te pasó el plazo para presentar la declaración de la Renta? ¿Estabas obligado a declarar IRPF y no lo sabías? No esperes a que Hacienda te reclame: puedes presentar la declaración fuera de plazo, con el sistema RentaWeb.

  • Si la declaración es “a ingresar” Hacienda te reclamará el recargo que corresponda al retraso (los mismos porcentajes que para declaraciones complementarias).

  • Si la declaración es “a devolver”, Hacienda te ingresará el dinero... pero también te puede reclamar una sanción de 100 euros (podrían reducirse hasta 60 euros si se está conforme y se paga en período voluntario). 

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Puedes hacerlo siguiendo el mismo procedimiento que si presentara la declaración dentro de plazo.

Te interesa hacerlo cuanto antes, porque si declaras después de que te llegue un requerimiento de Hacienda, las sanciones serán más elevadas:

  • Si la declaración es “a ingresar”, un mínimo del 21% de la cuota (si no se recurre ni contra la paralela ni contra la sanción y se paga la sanción en periodo voluntario), más los intereses de demora.

  • Si la declaración es a devolver, 200 euros (120 si no recurres el requerimiento y pagas la sanción en el periodo voluntario).