Hacienda

Estas son las multas que te puede poner Hacienda por la venta de tu vivienda

Alquiler de vivienda

Alquiler de vivienda / Shutterstock

2
Se lee en minutos

Hacienda está al tanto de todo, por lo que los movimientos de propietarios en viviendas no iba a ser menos. El organismo tributario ha lanzado un mensaje avisando a estos propietarios de las obligaciones en materia de impuestos que vienen con la venta del inmueble. La Agencia Tributaria, si estos no liquidan sus impuestos correctamente, está en su derecho de poner multas a los propietarios que venden alguna vivienda.

Qué impuestos deben abonar los propietarios de viviendas

Hacienda determina que al terminar el proceso de venta, los propietarios deben abonar tres impuestos:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): se divide entre comprador y vendedor en función del tiempo de cada uno siendo propietario

  • Plusvalía municipal: debe pagarse en 30 días hábiles tras la venta de la casa

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): deberán informar sobre posibles ganancias patrimoniales en la próxima Declaración de la Renta

Multas que puede poner Hacienda a los propietarios al vender una vivienda

Estos impuestos son obligatorios, por lo que la Agencia Tributaria o el órgano liquidador del Ayuntamiento que corresponda pueden sancionar a las personas que vendan una vivienda y no paguen estos tributos.

Impuesto de la Renta en las Personas Físicas (IRPF)

Al hacer la Declaración de la Renta, será necesario incluir las ganancias patrimoniales derivadas de la venta, que son el resultado de la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición. La sanción correspondiente por no declarar esto depende de la gravedad, por lo que importes sin declarar a partir de 3.000 euros se consideran graves.

En el caso de una vivienda, es probable que supere esta cantidad, por lo que las multas serían de entre el 50% y el 100% de la cantidad que había que declarar. En caso de ser una infracción muy grave, la cantidad aumentaría hasta el 150%.

Plusvalía Municipal

Noticias relacionadas

Este tributo depende de cada Ayuntamiento y grava las subidas de valor que tiene una vivienda desde su compra hasta su venta. De no pagar o retrasarse con el pago, el propietario se enfrentaría a multas de entre 50% y 150% de la cuota tributaria. Si el pago se retrasa, se cobrarán una serie de recargos en función de los meses atrasados:

  • 3 primeros meses: recargo del 5%

  • 3 a 6 meses: recargo del 10%

  • 6 a 12 meses: recargo del 15%

  • Más de 1 año: recargo del 20%

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Este impuesto va dirigido a la persona titular de la vivienda a principios de año, pero es habitual que entre comprador y vendedor se acuerde que cada uno se haga cargo de la parte proporcional que le corresponde según su tiempo como propietario. De todas formas, las consecuencias de no pagar el IBI serían tener que hacer frente a los siguientes recargos:

  • 5% si han transcurrido entre 3 y 6 meses, sin haber recibido notificación de apremio

  • 10% si han transcurrido entre 3 y 6 meses y se ha recibido la notificación

  • 20% por el resto de casos