Pensiones
Seguridad Social: este es el aviso para cobrar una pensión extra
La Seguridad Social avisa a los pensionistas sobre la cuantía extra que pueden cobrar automáticamente
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No todos los avisos de la Seguridad Social son positivos, pero a veces este organismo nos puede sorprender. La última advertencia del organismo respecto a los pensionistas es uno en el que dan la posibilidad de cobrar una cantidad extra con la pensión, algo muy necesitado en estos tiempos económicos tan convulsos.
Complemento de la Seguridad Social
La cuantía extra que se puede incorporar a la pensión se trata del complemento para la reducción de la brecha de género. Es un extra que no es necesario solicitar, sino que es incorporado automáticamente al asignar la pensión a cada beneficiario, pero sí que habrá que marcar la casilla del complemento al solicitar la pensión.
El objetivo de esta ayuda es sustituir al complemento por maternidad por aportación demográfica y reparar el daño que han sufrido las mujeres a lo largo de su carrera profesional al asumir un papel principal en la tarea de cuidado de los hijos, lo cual ha retrasado sus periodos de cotización.
Cuantía de la pensión extra de la Seguridad Social
La cuantía del complemento para la reducción de la brecha de género depende de los presupuestos generales del Estado. Este 2023 la cuantía se ha fijado en 425,60 euros al año como mínimo, es decir, 30,40 euros mensuales por hijo o hija. El límite es de cuatro veces dicho importe, por lo que la cuantía máxima que se puede cobrar es de 1.696,8 euros para cuatro hijos.
El complemento puede ser percibido por todas aquellas personas que reciban una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente y se abona mensualmente "con las dos pagas extraordinarias que se devengan con las mensualidades de junio y noviembre".
Complemento para la reducción de la brecha de género en hombres
Los hombres también pueden percibir este complemento, pero deberán acreditar alguno de los siguientes requisitos:
Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción.
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