EMPLEO
¿Qué despidos prohíben las nuevas medidas del Gobierno?
El Consejo de Ministros da luz verde a una batería de mecanismos para proteger a los trabajadores durante la crisis energética
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. /
El Consejo de Ministros ha aprobado una batería de mecanismos para reforzar la protección de los trabajadores durante la crisis energética. El Ejecutivo endurece los términos del cese en algunos supuestos, algo que no ha gustado a las patronales.
"Quiero lanzar un mensaje claro a los empresarios de este país: en las crisis, cuando hay mecanismos de protección social, no hay que despedir", ha afirmado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. No todos los despidos están vetados y las limitaciones están directamente condicionadas a la recepción de ayudas públicas. Estas son las claves de las medidas a las que ha dado luz verde el Gobierno.
¿Qué despidos quedan prohibidos?
El Gobierno ha apostado por soluciones más quirúrgicas ante la crisis energética que ante la derivada por el coronavirus. El Ejecutivo entiende que las afectaciones de la escalada de precios, acrecentada tras la invasión rusa de Ucrania, están especialmente localizada a algunos sectores y es por ello que ha acotado su protección del empleo.
La prohibición de realizar despidos objetivos quedará limitada a aquellas empresas que reciban cualquier tipo de ayuda contemplada en el paquete de medidas aprobadas por el Consejo de Ministros, tasado en 16.000 millones de euros. Tampoco podrán despedir aquellas empresas que registren un erte alegando la afectación de la crisis energética o la falta de suministros.
¿Qué ayudas están condicionadas al veto al despido?
Todas aquellas contempladas en el paquete de medidas aprobadas este martes por el Consejo de Ministros y tasadas en 16.000 millones de euros. De estos, 10.000 millones van dedicados a la concesión y moratoria de créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Y los 6.000 millones restantes consisten en ayudas directas o rebajas temporales de impuestos, como los 1.423 millones dispuestos para la rebaja de 20 céntimos por litro de combustible repostado. O los 193,47 millones de euros destinados al sector agrario y ganadero. O los 500 millones de euros presupuestados para la industria electrointensiva.
No obstante, las ayudas que condicionan el despido son únicamente aquellas englobadas en el real decreto que ha aprobado el Gobierno y no incluyen cualquier otra transferencia que las comunidades autónomas, los municipios o la Unión Europea pueda distribuir para amortiguar la crisis energética.
¿Todos los despidos están prohibidos?
No, no todos los despidos están prohibidos. Aquellas compañías que no sean receptoras de las ayudas en el real decreto ley aprobado por el Gobierno este martes no tienen limitado el despido y pueden argüir el encarecimiento de costes para cesar por causas económicas o productivas a sus trabajadores. Y en el caso de las compañías que sí reciban ayudas estatales, también podrán despedir, aunque no podrán invocar causas objetivas para ello. Sí podrán cesar a un trabajador si es por motivos disciplinarios.
¿Qué pasa si las empresas incumplen la normativa?
Las empresas afectadas por esta normativa y la incumplan tendrán repercusiones. La primera es que el despido que la dirección invocó como objetivo dejará de serlo una vez el trabajador lo impugne ante los tribunales y estos se pronuncien. Aquí habrá que esperar a la interpretación de los magistrados.
Al inicio de la pandemia, cuando el Gobierno adoptó una medida similar pero por la afectación del covid en las empresas, la mayoría de tribunales superiores de justicia consideraron que el despido pasaba a ser improcedente. Lo que, de facto, implica aumentar la indemnización que recibe el trabajador de 20 días por año trabajado a 33 días.
Noticias relacionadasY, además de incrementar la indemnización que percibe el trabajador afectado, el real decreto del Gobierno también obliga a la empresa infractora a devolver el importe íntegro de todas las ayudas estatales recibidas. En el caso de las empresas que despidan con un erte en vigor, estarán obligadas a devolver las exoneraciones a la Seguridad Social recibidas.
¿Hasta cuándo están vetados?
Las empresas que sean receptoras de ayudas estatales tendrán prohibidos los despidos objetivos por el alza de precios hasta el 30 de junio de 2022.
¿Ya eres usuario registrado? Inicia sesión
Este es un contenido especial para la comunidad de lectores de El Periódico de España.Para disfrutar de estos contenidos gratis debes navegar registrado.
- LEVANTE-EMV El estibador que cayó de la grúa que derribó un barco en Valencia: "La empresa me declara 'no apto' pero el INSS me obliga a trabajar"
- MADRID La Justicia admite a trámite un recurso contra la demolición de El Corte Inglés de Méndez Álvaro
- FARO DE VIGO El edificio de ocho plantas de Vigo que lleva un año sin ascensor por el impago de una vecina
- Funcionarios Este es el colectivo más numeroso de Muface y el que más creció en 2023
- INVESTIGACIÓN EXCLUSIVA | LOS 'MAILS' SECRETOS DEL CASO DEL DESPACHO DE MONTORO (I) Hacienda maniobró para evitar la imputación del PP en el 'caso Bárcenas' tras informar a Montoro
- PERIODISMO España pasa del puesto 36 al 30 en libertad de prensa, en medio de un retroceso global
- ARQUITECTURA Así es por dentro el Palacio de la Trinidad, cerrado al público durante años: "Es el más desconocido de Madrid"
- TENIS | MUTUA MADRID OPEN Las lesiones se ceban con las estrellas del tenis: el top-4, tocado a menos de tres semanas de Roland Garros
- MINISTERIO DE EXTERIORES El presupuesto de diplomacia sigue bajo mínimos mientras España lanza el gasto militar en un contexto bélico
- MERCADOS Por qué Japón deja atrás su política de tipos negativos