TRAGEDIA

Peritos de seis aseguradoras esperan entrar al edificio incendiado en Valencia para evaluar su estado

Entre estas compañías se dirimirá la responsabilidad civil que se pueda derivar de los daños del incendio que se han extinguido tanto para la promotora Fbex Promo Inmobiliaria SL y para el arquitecto que diseñó el edificio, Francisco Nebot

Un hombre observa la estructura del edificio devorado por el fuego en el barrio valenciano del Campanar.

Un hombre observa la estructura del edificio devorado por el fuego en el barrio valenciano del Campanar. / Jorge Gil - Europa Press

Al menos seis peritos de parte contratados por aseguradoras y expertos en incendios esperan el permiso del Juzgado de Instrucción 9 de València para poder acceder a los edificios del barrio de Campanar que sufrieron el grave incendio que acabó con la vida de diez personas, según confirman a Levante-EMV, del grupo Prensa Ibérica, fuentes de estas empresas. "Cada compañía de seguros contrata su propio investigador", señalan fuentes de estos investigadores de incendios privados que determinarán las causas del incendio en informes de parte.

Entre estas compañías se dirimirá la responsabilidad civil que se pueda derivar de los daños del incendio que, según las fuentes consultadas por Levante-EMV se han extinguido tanto para la promotora Fbex Promo Inmobiliaria SL y para el arquitecto que diseñó el edificio, Francisco Nebot, desde cuyo despacho declinan realizar cualquier tipo de declaración.

Según la ley de ordenación de la edificación (LOE), "la responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación" responderán "durante diez años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio".

No es el caso del edificio de Campanar donde, de existir, el presunto problema estaría en la fachada que, según la LOE, se considera un "elemento superficial de acabado", señalan arquitectos consultados por Levante-EMV. Además, la estructura del edificio ha resistido y no ha habido colapso de ambos edificios, a pesar de las elevadas temperaturas que se alcanzaron.

Con este plazo de prescripción, cualquier responsabilidad civil se extinguió en 2019. Hasta 2015 sí se contemplaba un segundo plazo de prescripción de quince años, en caso de incumplimiento del contrato por parte del promotor. Que, en el caso de los edificios de Campanar, podría haber prescrito el pasado mes de enero.