DELITO CONTRA EL PATRIMONIO

Alzamiento de bienes: ¿en qué consiste el delito por el que se juzga a Arantxa Sánchez Vicario?

El delito de alzamiento de bienes es un delito grave que puede tener consecuencias penales y civiles para los que lo cometen

Arantxa Sánchez Vicario, de las pistas de tenis a los juzgados por presunto alzamiento de bienes

Alzamiento de bienes

Alzamiento de bienes / FREEPIK

H.G.

La extenista Arantxa Sánchez Vicario y su exmarido Josep Santacana serán juzgados desde este martes hasta el viernes en el Juzgado Penal 25 de Barcelona por un presunto delito de alzamiento de bienes.

En el escrito de Fiscalía, consultado por Europa Press, se pide condenar a la extenista y a su exmarido a cuatro años de prisión por un presunto delito de alzamiento de bienes al supuestamente ocultar su patrimonio a través de un testaferro para evitar pagar al Banco de Luxemburgo una deuda de 7,5 millones de euros.

Evitar el pago de deudas

El delito de alzamiento de bienes es una conducta que consiste en ocultar, enajenar o gravar el patrimonio propio o ajeno con el fin de impedir o dificultar el cobro de las deudas que se tienen con los acreedores. Se trata de un delito contra el patrimonio y el orden socioeconómico que busca proteger la confianza en el tráfico jurídico y la seguridad de los créditos.

Para que se configure el delito de alzamiento de bienes, se deben dar los siguientes elementos:

  • Que exista una obligación dineraria, vencida, exigible y líquida, es decir, que se pueda determinar su cuantía.
  • Que el deudor o un tercero actúe con ánimo de defraudar a los acreedores, es decir, con la intención de perjudicar sus intereses y evitar el pago de la deuda.
  • Que el deudor o un tercero realice actos de disposición, ocultación o gravamen sobre los bienes que integran el patrimonio del deudor o sobre los que estén afectos al pago de la deuda, de forma que se dificulte o impida su embargo o ejecución por parte de los acreedores.

Qué penas conlleva el alzamiento de bienes

El delito de alzamiento de bienes está tipificado en el artículo 257 del Código Penal español, que establece una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses para los que se alzaren con sus bienes en perjuicio de sus acreedores. Además, si el alzamiento se realiza en el marco de un concurso de acreedores, la pena se agrava y puede llegar hasta seis años de prisión y multa de dieciocho a treinta y seis meses.

El delito de alzamiento de bienes es un delito grave que puede tener consecuencias penales y civiles para los que lo cometen. Por eso, es importante asesorarse adecuadamente antes de realizar cualquier operación que pueda afectar al patrimonio propio o ajeno y que pueda suponer un incumplimiento de las obligaciones contraídas con los acreedores.