LAS CUATRO CLAVES

Así quedará el Código Penal tras la derogación de la sedición y la reforma de la malversación

El Congreso dará hoy el visto bueno a las modificaciones legislativa pactadas por el Gobierno y ERC

Gabriel Rufián.

Gabriel Rufián.

Miguel Ángel Rodríguez

Miguel Ángel Rodríguez

Tres semanas después de que el Congreso aceptara a trámite la proposición de ley orgánica que deroga la

sedición

, la Cámara Baja aprobará este jueves la norma que el Gobierno pactó con ERC y que modifica el Código Penal para eliminar el delito por el que fueron condenados los líderes del 'procés'. Pero no solo eso. La iniciativa retoca la malversación

, introduce un delito de desórdenes públicos agravados, otro de enriquecimiento ilícito y un último para aquellos que incumplan reiteradamente la legislación laboral. Así quedará el Código Penal tras las modificaciones:

La sedición y su sustituto

capítulo 1 del título XXIIatenten "contra la paz pública" "violencia o intimidación""una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público"

El tipo normal será para castigar a quienes "actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o cosas; obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o la salud de las personas o invadiendo instalaciones o edificios". El concepto de 'intimidación' es novedoso y sustituye al de 'amenazas' de la anterior definición.

Rebajar la malversación

la modificación del delito de malversaciónartículo 432 del Código Penalentre 2 y 6 años de cárcellos 12 años de prisión

Ahora, la ley diferenciará entre quienes actúan "con ánimo de lucro", es decir, apropiándose del dinero público o facilitando que lo haga un tercero (en este caso las penas se mantienen); y aquellos que, "sin ánimo de apropiárselo", lo destina a usos privados o dan una aplicación diferente pero también con fines públicos a los recursos de aquellos para los que están destinados. Quienes no se lucren, pero lo destinen a usos privados, tendrán penas de 6 meses a 3 años; mientras que quienes lo utilicen para "una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado" se rebaja ostensiblemente y será de entre 1 a 4 años. Este último cambio podría ser el que afecte a los líderes del 'procés'.

El enriquecimiento ilícito

han ocupado un cargo público y hayan tenido un "enriquecimiento ilícito un incremento patrimonial o una cancelación de obligaciones o deudas 250.000 eurosjustificar la procedencia de este dinero

La legislación laboral

condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos
se aplicarán las mismas penas "a quien imponga condiciones ilegales a sus trabajadores