CRISIS ECONÓMICA

Las empresas disponen de once meses para gestionar las quitas de sus deudas por los créditos covid del ICO

Los expertos temen que el 90% de las empresas cuyas principales deudas son préstamos ICO y deudas con Hacienda y Seguridad Social, se vean abocadas a la liquidación

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Palacio de La Moncloa, a 26 de julio de 2022, en Madrid (España). El Consejo de Ministros h

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en el Palacio de La Moncloa, a 26 de julio de 2022, en Madrid (España). El Consejo de Ministros h

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Fátima E. Fernández

Desde marzo de 2020, el Gobierno y la Comisión Europea han ido tomando medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico de la pandemia, entre las que fuguran las líneas de avales concedidos por el Instituto de Crédito Oficial (ICO). Hasta el pasado mes de mayo, se habían desplegado créditos por importe de 107.102 millones de euros.

Sin embargo, esto no ha sido más que un balón de oxígeno temporal para ayudar a las compañías a recuperar los niveles de ingresos prepandémicos. A pesar de las tres prórrogas en los plazos de carencia y amortización, las empresas y autónomos deberán hacer frente a la devolución de los créditos ICO antes de 2030. “Asistimos a la paradoja de que el Estado, a través de las entidades financieras que gestionan los créditos del ICO, ha financiado la subsistencia de muchas empresas necesitadas de financiación y, a partir de ahora, éste se convierte en el principal acreedor de esos negocios”, contextualiza Jesús López Pelaz, director del bufete Abogado Amigo. Ante este panorama, ¿qué alternativas baraja el tejido empresarial para hacer frente a dichas obligaciones? 

HACER FRENTE A LOS CRÉDITOS

Hasta el pasado 1 de junio, la deuda avalada podía convertirse en préstamos participativos, que ayudarían a reforzar los ratios de solvencia de las empresas. Aquellas que no se hayan acogido a esta medida, podrán acceder a una reducción de hasta el 70% de la deuda que mantengan a través de quitas. Esta posibilidad está condicionada al cumplimiento del Código de Buenas Prácticas y siempre y cuando se tramite antes del 1 de junio del 2023, es decir, dentro de poco menos de once meses. 

Para las compañías que tengan un componente familiar o planes de expansión ya en marcha, López Pelaz considera una solución viable el aumento del capital social por compensación de créditos. “En ningún caso, la refinanciación por parte de entidades de crédito será un recurso recurrente. Salvo contadas excepciones, ninguna entidad de crédito ayudará a mejorar las condiciones de un préstamo ICO ya concedido y que tiene problemas para ser atendido”, explica.

Los últimos datos de Experian, compañía tecnológica especializada en servicios crediticios, apuntan que, entre enero y mayo de 2022, se contabilizaron 2.429 nuevos concursos de acreedores. Una cifra que se prevé que aumente tras la finalización de la moratoria concursal el pasado 30 de junio, la cual ha mantenido estos procedimientos fuera de los juzgados.

Si el recurso de las quitas no funcionara, las empresas no tendrán otra alternativa más que recurrir a los instrumentos de prevención de la insolvencia recientemente introducidos en la reforma de la Ley Concursal -pendiente de publicarse en el BOE- y que, salvo novedades de última hora, restringirá la posibilidad de que las micropymes puedan reestructurar sus deudas mediante los llamados planes de continuidad”, explica Carlos Noguerol, socio director de Noguerol Abogados.

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Según el proyecto de ley, los planes de continuidad no podrán ser utilizados por microempresas cuyo pasivo esté formado por créditos públicos en más de un 65%. “Si este requisito no se modifica antes de la aprobación definitiva del texto, el 90% de las empresas españolas cuyas principales deudas son préstamos ICO y deudas con Hacienda y Seguridad Social, se verán abocadas a la liquidación”, señala Noguerol.

Ideada desde la Unión Europea, la aprobación y entrada en vigor de la nueva Ley Concursal se concibe como una solución para agilizar los procesos de la gran cantidad de concursos que se presenten. Sin embargo, desde el despacho de abogados y economistas Abencys, consideran que la reforma causará una gestión menos eficaz de los mismos, perjudicando la recuperación de valores de activos para atender las deudas concursales y mermando la reducción de las liquidaciones empresariales.

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