COMUNIDAD VALENCIANA

El Consell valenciano podrá poner pisos vacíos a la venta o en alquiler

La regulación afectará a aquellas viviendas de grandes propietarios que permanezcan desocupadas más de un año

Varios bloques de viviendas de la ciudad de València.

Varios bloques de viviendas de la ciudad de València. / F. Calabuig

Diego Aitor San José

Cada vez que se debate una propuesta de qué hacer con las casas vacías, más de uno comienza a lanzarse preguntas sobre su patrimonio. ¿Se referirá al apartamento de la playa al que solo voy en verano? ¿Es la casa del pueblo? ¿Es el piso que alquilo de vez en cuando? Porque el gran asunto sin resolver es saber a qué se refieren los políticos cuando hablan de vivienda vacía.  

La

Generalitat Valenciana

ha puesto tinta oficial a la cuestión con el desarrollo del reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas. El objetivo de la Vicepresidencia Segunda es señalar qué casas están vacías para que puedan ser incluidas en las medidas de fomento del alquiler o recibir sanciones al estar sin su uso social. El fin último es sacar al mercado entre 15.000 y 20.000 de estos pisos para "descongestionar" el mercado inmobiliario.

Según lo publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, para que una casa se considere como "vivienda deshabitada" por parte de la Generalitat, a partir de una "resolución administrativa", esta debe ser propiedad de un gran tenedor (aquel que tiene más de 10 viviendas) "y no ser destinada de forma efectiva al uso residencial previsto o por permanecer desocupada de forma continuada durante un tiempo superior a un año, sin que concurra causa justificada".

El plazo de un año se empezará a contabilizar desde el último día en el que alguien vivió en la casa o desde que se otorgó la autorización para su uso como vivienda. Para las que no hayan estado nunca habitadas, se empezará a contar "desde que el estado de ejecución permita solicitar las autorizaciones legales para su efectiva ocupación". 

Desde el departamento que dirige Héctor Illueca, vicepresidente segundo de la Generalitat, indican que entre las "causas justificadas" que permitirían que una vivienda estuviera desocupada se encuentran su uso como segunda residencia, su alquiler turístico (registrada y con huéspedes al menos un mes al año), que se destine a políticas sociales, que se halle en venta o alquiler (máximo un año en el primero y 6 meses en el segundo, después se considerará en condiciones "fuera de mercado") o por traslado temporal de sus ocupantes.

El secretario autonómico de Vivienda, Alejandro Aguilar, explica que la Generalitat tendrá dos vías diferentes para dictaminar que estas propiedades se encuentran "deshabitadas". La primera es que los propios grandes tenedores inscriban aquellas viviendas que se encuentran en las situaciones descritas y desde la Administración se incorporen en cualquiera de las cuatro ramas de fomento para su entrada en el mercado. Si no se incorporasen, dispondrían de seis meses para ser ocupadas o recibir las correspondientes sanciones. 

La segunda, "y más farragosa", es la que se hará a partir de denuncias de particulares, peticiones de ayuntamientos o iniciativa propia de la Generalitat. En estas se investigarán las viviendas desocupadas que no han sido comunicadas por sus propietarios.