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¿Has cobrado el Ingreso Mínimo Vital en 2023? La Seguridad Social te recuerda tus obligaciones en la Renta

Declaración de la Renta 2024: pasos a seguir para rellenar el documento correctamente

Declaración de la Renta 2024: pasos a seguir para rellenar el documento correctamente

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G. C.

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las ayudas de la Seguridad Social más solicitadas del país, amparando a más de 1 millón y medio de personas cada mes. Aunque existe toda una serie de obligaciones que han de cumplirse para seguir cobrando la pensión, en estos meses de campaña de la Renta una de ellas cobra una importancia extra.

Qué es la Declaración de la Renta

La declaración de la renta es ese modelo donde, entre otros impuestos, se equilibra el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: a lo largo del año los ciudadanos aportan este tributo -un porcentaje de los rendimientos del trabajo, cuyo porcentaje depende de la cantidad de dinero que ganemos al año- mediante las nóminas (en el caso de los trabajadores asalariados) o de las facturas (en el caso de los trabajadores autónomos).

Cuál es la obligación en la Renta por cobrar el IMV

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Independientemente de tu nivel de ingresos, si en algún momento has cobrado el IMV en 2023 debes hacer la Declaración de la Renta. De lo contrario, tendrá lugar la suspensión de la ayuda. De esta manera, la Seguridad Social se ha encargado de recordar a todas estas personas que la Campaña de la Renta ya ha comenzado y que es el momento de cumplir con las obligaciones del IMV. El plazo de presentación de la Renta terminará el próximo 1 de julio.

Cómo presentar la Renta

La Seguridad Social ha elaborado una guía para enseñar a los beneficiarios del IMV la manera correcta de presentar la Declaración de la Renta. Las indicaciones más básicas hablan de que la mayoría de los casos serán muy sencillos, "sin ingresos que incorporar". Sin embargo, también hay que contar con otros aspectos:

  • Modalidad de la declaración: todos los miembros de la unidad familiar deben entregar el documento obligatoriamente, por lo que habrá que decidir si se prefiere que cada uno entregue la declaración de forma individual o realizarla de forma conjunta. Hacienda recomienda la modalidad conjunta si existe un matrimonio. De lo contrario, lo recomendable es que uno de los dos haga la declaración individual y el otro conjuntamente con el resto de la unidad familiar.

  • Ingresos a contabilizar: las cuantías que superen los 12.600 euros se tendrán que declarar como rendimientos del trabajo y tributarán por el IRPF.