Seguridad Social

Si eres pensionista y padre, la Seguridad Social te debe hasta 1.860 euros

Comunicación entre padres e hijos.

Comunicación entre padres e hijos. / Pexels - Cottonbro studio

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G. C.

Aquellos padres que disfrutaron del complemento para la reducción de la brecha de género se van a llevar una buena sorpresa. Todo gracias a una sentencia del Tribunal Supremo que determina que la Seguridad Social cometió un error, por el que les corresponde más tiempo cobrando el complemento, que en un principio prescribía a los cinco años. Este complemento iba dirigido a aquellos beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad que tuvieron que abandonar el mercado laboral para cuidar de sus hijos.

Origen del conflicto

Aunque al principio la mayoría de perceptoras eran mujeres, los padres pidieron el complemento por aportación demográfica y el Tribunal Supremo rechazó las razones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que determinaba que el complemento prescribía a los cinco años. El conflicto surgió en 2016, tras la modificación del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social.

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

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El TJUE, en 2019, consideró que si el complemento se basaba en la aportación demográfica era discriminatorio que no fuera percibido también por los hombres, por lo que se cambió al complemento por brecha de género que tenemos desde 2021. Entre enero de 2016 y febrero de 2021, todos los hombres pensionistas podían pedir el reconocimiento del complemento. El TJUE fijó una indemnización que el Tribunal Supremo fijó en 1.800 euros.

La deuda de la Seguridad Social con los pensionistas

El Tribunal Supremo ha obligado a la Seguridad Social a devolver el complemento a los padres pensionistas con efectos retroactivos desde que se comenzó a percibir la pensión en cuestión. Este año, la cuantía asciende a 33,20 euros mensuales por hijo y se aplica hasta un máximo de cuatro descendientes. Si esto lo multiplicamos por 14 pagas al año, el máximo anual a reclamar está en exactamente 1.859,2 euros.