Seguridad Social

Aviso de la Seguridad Social: así es la cotización del permiso parental de 8 semanas

A día de hoy, solo el 50% de los padres disfruta de la totalidad de su permiso simultáneamente con la madre.

A día de hoy, solo el 50% de los padres disfruta de la totalidad de su permiso simultáneamente con la madre. / EPC

1
Se lee en minutos
Redacción

La implementación del permiso parental de 8 semanas ha generado interrogantes desde su inicio el 30 de junio de 2023. Una de las principales inquietudes era si durante su disfrute los trabajadores seguían cotizando a la Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha emitido un aviso sobre este tema, aclarando las dudas y estableciendo las obligaciones tanto para empleadores como para empleados.

Aunque el Estatuto de los Trabajadores indica que el permiso parental es motivo de suspensión del contrato, la DGOSS ha esclarecido que las empresas deben cotizar por los trabajadores durante su ausencia, según lo establecido en el Boletín de noticias RED (BNR) n.º 2/2024. Esta obligación de cotización se aplica incluso cuando el permiso no es retribuido.

Noticias relacionadas

Durante el disfrute del permiso parental a tiempo completo, la empresa debe mantener el alta y las cotizaciones del trabajador como si estuviera trabajando. La base de cotización se determina por la categoría profesional del empleado, con topes mínimos establecidos para contingencias profesionales.

Aunque el permiso parental aún no es retribuido en su totalidad, el Gobierno planea aprobar una retribución parcial, cubriendo 4 de las 8 semanas, según lo establecido por la Directiva de Conciliación Europea 2019/1158. Esta medida está en proceso de desarrollo reglamentario y se espera su aprobación antes de agosto de 2024.