Fiscalidad

Seguridad Social: bonificaciones a las que te puedes acoger este año

Las bonificaciones de la Seguridad Social son una oportunidad para ahorrar costes fijos para las empresas

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Bonificaciones a las que te puedes acoger de la Seguridad Social.

Bonificaciones a las que te puedes acoger de la Seguridad Social.

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P. G.

El Gobierno decidió en septiembre de 2023 aprobar diferentes medidas en materia de incentivos a la contratación laboral. Los principales objetivos de la reforma son la generación de empleo estable y de calidad, además de reducir la temporalidad del mercado laboral español entre colectivos específicps de la población. Estas nuevas bonificaciones tienen como objetivo favorecer la contratación de personas desempleadas, poniendo especial interés en las personas más vulnerables, así como incentivar la contratación indefinida para contribuir al mantenimiento de empleo estable.

Según el Real Decreto-Ley 1/2023 que establece el nuevo sistema de incentivos a la contratación, las personas destinatarias de la contratación laboral son las consideradas más vulnerables. Se han definido los siguientes colectivos:

Colectivos específicos que se pueden beneficiar

  • Contratación indefinida de personas víctimas del terrorismo: 128 euros/mes durante 4 años.

  • Contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite: 128 euros/mes durante 4 años.

  • Contratación indefinida de personas trabajadoras readmitidas tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta: 138 euros/mes durante un período de 2 años.

  • Contratación indefinida de mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos, tanto con fines de explotación sexual como laboral: 128 euros/mes durante 4 años.

  • Contratación indefinida de personas en situación de exclusión social: 128 euros/mes durante 4 años

Embarazo y cuidado del menor

  • Supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional: 138 euros/mes

  • Cotización de las personas trabajadoras sustituidas durante las situaciones de nacimiento y cuidado del menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural: 366 euros/mes en el período en el que se superpongan el contrato de sustitución y la respectiva prestación.

 Modificación de contratos y desempleados/as

  • Contratación indefinida de la persona que realiza formación práctica en empresas: 138 euros/mes durante 3 años (salvo que la persona sea discapacitada, pues se aplicará durante toda la vigencia del contrato).

  • Transformación en indefinidos de contratos de relevo: 55 euros/mes durante 3 años. En mujeres, de 73 euros/mes.

  • Transformación en indefinidos de contratos formativos: 128 euros/mes durante tres años. En mujeres, de 147 euros/mes.

  • Contratación de formación en alternancia: 91 euros/mes y 28 euros/mes en las cuotas de la persona trabajadora y recaudación conjunta.

  • Contratación indefinida o la incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas: 138 euros/mes durante tres años.

  • Contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración: 110 euros/mes durante 3 años. En el caso de mujeres o personas de 45 o más años: 128 euros/mes durante 3 años.

  • Transformación en contratos fijos-discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras por cuenta ajena agrarias: 55 euros/mes o de 73 euros/mes en el caso de mujeres durante los 3 años siguientes.

  • Prolongación del periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. 262 euros/mes.

Requisitos para optar a estas bonificaciones

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Los principales requisitos son:

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

  • Contar con un plan de igualdad en las empresas de más de 50 personas trabajadoras

  • Mantener a la persona destinataria del incentivo al menos 3 años desde la fecha de inicio del contrato o transformación

¿Cómo se pagan estas bonificaciones? Las bonificaciones se pagarán vía descuentos en las cotizaciones de la Seguridad Social.