Fiscalidad

Buenas noticias para los autónomos: Hacienda permite más deducciones

Los autónomos tienen la capacidad de deducirse algunos gastos habituales en su actividad profesional en la declaración de la renta de cada año

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Los autonómos que trabajan en casa se pueden desgravar suministros y parte de la hipoteca.

Los autonómos que trabajan en casa se pueden desgravar suministros y parte de la hipoteca.

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P. G.

El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) sentenció el pasado mes de julio que la normativa española del IVA contradice la Directiva europea que permite deducir a los trabajadores autónomos los gastos de vivienda para negocios y uso personal. La Agencia Tributaria ha tomado nota de la sentencia y a partir de ahora va a aplicar la normativa comunitaria. Los autónomos afectados, además, tendrán la posibilidad de recuperar los excesos pagados en el IVA a Hacienda durante los últimos cuatro años por la aplicación incorrecta por parte de España de la fiscalidad de los autónomos.

Los autónomos en España pueden deducirse algunos gastos generados por su actividad profesional en la declaración de la renta de cada año. Conocer las deducciones que se pueden aplicar puede decantar el resultado de la declaración y que salga a devolver en vez de a pagar. En este caso, la Agencia Tributaria confirma que los autónomos que trabajan desde casa pueden deducirse el IVA de algunos consumos habituales como la factura de agua, la luz, Internet, móvil, teléfono fijo... Hacienda permite, asimismo, recuperar lo pagado de más de los últimos cuatro años.

Para que el autónomo pueda deducirse el gasto en concepto de suministros, se tendrá que asegurar que los recibos están a su nombre. Debe ser el titular de las facturas o no podrá desgravarse nada.

Además, si lo refleja adecuadamente en el modelo censal 036, se podrá desgravar en concepto de IRPF hasta un 30% de los gastos deducibles de suministros, sobre el porcentaje de la vivienda afecto al desarrollo de la actividad.

Es decir, un trabajador autónomo cuya vivienda tenga 90 m2 y emplee el 15% para la explotación de su actividad, podrá deducirse un 4,5% de los gastos deducibles en suministros, el 30% del 15%.

Deducción en gastos de vivienda

  • Casa en alquiler: se puede deducir el porcentaje de la vivienda que utilices para tu actividad. Por ejemplo, si pagas de alquiler 400 euros, la casa tiene 100 metros cuadrados y utilizas 25 metros cuadrados, podrás deducirte 100 euros de ese gasto (25%). Pero para ello tu casero deberá realizarte dos contratos de alquiler, uno como vivienda habitual y otro como centro de trabajo, lo que implica que deba darse de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y liquidar el IVA trimestralmente.

  • Casa en propiedad: puedes deducir los gastos de la comunidad, la amortización de la casa, los intereses de la hipoteca, el seguro del hogar y todos los impuestos relacionados con la propia casa en el porcentaje de la vivienda que utilices para tu actividad.

Otros gastos deducibles en autónomos que trabajen en casa

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Aparte de estos gastos, puedes deducir todo lo que esté relacionado con tu actividad como software, servicios profesionales (abogados, asesores, formadores...), productos necesarios para al día a día y compras de material.

Repasamos en esta lista hasta nueve partidas que se pueden desgravar todos los autónomos trabajen desde casa o no, estos son:

  • Cuota de autónomos y nóminas de los empleados. Lo más básico que paga un autónomo es deducible al 100% en la declaración de la renta. Además, los trabajadores autónomos que tienen a su cargo empleados pueden deducirse el importe de las nóminas y las cantidades satisfechas a la Seguridad Social.

  • Gestoría y asesoría fiscal, laboral y/o legal. Los servicios de gestoría, asesoramiento laboral y los gastos en bufetes de abogados también pueden deducirse íntegramente a la hora de presentar la declaración anual de IRPF.

  • Alquiler de oficinas, espacios compartidos de coworking y materiales de trabajo. Los materiales imprescindibles para desarrollar la actividad profesional.

  • Transportes y desplazamientos. Los gastos relacionados con los desplazamientos que exija la actividad profesional (billetes de transporte publico, facturas de taxis…) pueden desgravarse en su totalidad en el IRPF. En este caso, será necesario que el autónomo pueda justificar la relación del desplazamiento con su negocio ante una posible consulta de la Agencia Tributaria. Se pueden deducir el 100% del gasto en gasolina de su IRPF quienes se dediquen a las actividades de transporte de viajeros, transporte de mercancías, formación de conductores, agentes comerciales colegiados.

  • Inversión en publicidad y marketing. Los servicios contratados para dar a conocer el negocio o la actividad profesional también son deducibles en sus totalidad. Sucede igual con aquellos gastos que puedan ser justificados como acciones de marketing.

  • Suscripción a herramientas online, revistas especializadas o programas informáticos. Aquellos autónomos que tienen contratados herramientas de trabajo online o suscripciones a programas informáticos pueden desgravarse las cantidades que abonen por estos servicios, ya que se consideran necesarios para el desarrollo de la actividad profesional. Del mismo modo sucede con los gastos que tengan que ver con la gestión de las páginas web profesionales, las cuotas de suscripción a revistas especializadas y la compra de libros relacionados con la profesión.

  • Seguros: Responsabilidad civil, médico y de vida. Los autónomos que tengan contratadas pólizas de seguros de responsabilidad civil, de seguros médicos privados o de seguros de vida podrán deducirse hasta 500 euros al año de seguro médico sin necesidad de justificar la relación de los seguros con la actividad profesional que desarrollan. Con el seguro de responsabilidad civil no hay límite y con el de vida tampoco, pero tiene que estar vinculado a hipoteca o ser un seguro de vida de ahorro como un SIALP o PPA.

  • Cuotas de colegios y asociaciones profesionales. Aquellos autónomos que por su actividad profesional estén colegiados o pertenezcan a asociaciones profesionales y paguen regularmente una cuota por ello, podrán deducirse el 100% de lo abonado en la Declaración de la Renta.

  • Eventos y formaciones. Las actividades de formación sobre aspectos que afectan al negocio de los autónomos también son gastos deducibles a la hora de presentar la Declaración de la Renta.