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Complemento a la infancia del IMV: lo que necesitas para poder cobrarlo

El 55% de los hijos de padres con trastornos mentales desarrollarán uno a lo largo de su vida.

El 55% de los hijos de padres con trastornos mentales desarrollarán uno a lo largo de su vida. / Adobe Stock.

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El cuidado y mantenimiento de los hijos es algo que conlleva muchos gastos a las familias, debido a las necesidades de los más pequeños como la comida, la ropa o los gastos imprevistos. Es por ello que muchas familias, sobre todo las vulnerables, tienen problemas para afrontar todos los gastos necesarios. Así, la Seguridad Social incluye este complemento a la infancia dentro del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Qué es la ayuda de 230 euros de la Seguridad Social

Se accede a esta ayuda a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que ofrece un complemento mensual de ayuda a la infancia. Su objetivo es ayudar a familias y unidades de convivencia a través de la lucha contra la pobreza infantil y el cuidado y bienestar de los niños.

Cuantía de la ayuda de 230 euros

En el caso de familias con dos hijos, esta cuantía puede aumentar hasta los 230 euros mensuales. La cantidad a percibir se determina según el número de hijos menores que forman parte del núcleo familiar y se tiene en cuenta la edad que tengan los hijos el 1 de enero del ejercicio fiscal en curso. Estas son las cantidades según los hijos:

  • Menor de tres años: 115 euros mensuales.

  • Entre 3 y 6 años: 80,50 euros.

  • Entre 6 y 18 años: 57,50 euros.

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En principio, no haría falta solicitar el complemento para la infancia, dado que la Seguridad Social lo aplica por defecto a los beneficiarios del IMV. Sin embargo, si no se tiene reconocido o la situación familiar ha cambiado recientemente, su cobro se puede gestionar a través de la web de la Seguridad Social.

Requisitos de la ayuda de 230 euros

Para percibir la cuantía de la ayuda, es necesario cumplir los requisitos que permiten cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Además, es obligatorio tener unos ingresos inferiores al 300% de la renta garantizada y no sobrepasar el máximo sobre ingresos computables y patrimonio neto.

  • Los ingresos familiares del año precedente no pueden superar el 300% del umbral de renta garantizada mediante el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

  • El patrimonio neto de la familia no debe exceder el 150% de los límites establecidos para este indicador.

  • Los beneficiarios deben residir legalmente en territorio español

  • Deben tener al menos un hijo de cargo de máximo 18 años y que esté afectado por una discapacidad en un grado igual o superior al 65%

  • Las familias no pueden percibir ingresos anuales superiores a la cuantía anual que establezca la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado 2020