PENSIONISTAS

La edad de jubilación se incrementa en 2024: cuánto hay que cotizar, anticipada, parcial...

En 2024 se retrasa la edad de jubilación ordinaria hasta los 66 años y 6 meses para las personas que no hayan cotizado 38 años

Para los trabajadores que tengan más de 38 años cotizados la jubilación se sitúa en los 65 años

El sistema de pensiones establece la edad legal de jubilación en 2023 en los 66 años y cuatro meses.

El sistema de pensiones establece la edad legal de jubilación en 2023 en los 66 años y cuatro meses. / JOAN CORTADELLAS

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P. G.

Este año arranca con una subida de las pensiones contributivas y las del régimen de clases pasivas del 3,8%, mientras que las pensiones mínimas, las no contributivas de vejez e invalidez y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) subirán un 6,9%, y las de viudedad con cargas familiares un 14,1%.

Con estas subidas, la pensión media de jubilación (1.386 euros mensuales), aumenta 52 euros al mes y 734 euros al año. La pensión media del sistema, considerando todas las modalidades de pensiones y prestaciones (1.200 euros), sube 46 euros al mes y 638 euros al año. En los dos últimos años, la pensión media ha subido unos 2.230 euros.

Sin embargo, 2024 también llega con un incremento de la edad de jubilación. En 2024 se retrasa la edad de jubilación ordinaria hasta los 66 años y 6 meses para las personas que no hayan cotizado 38 años. Para los trabajadores que tengan más de 38 años cotizados la jubilación se sitúa en los 65 años.

Edad de jubilación anticipada

Se retrasa también la edad mínima de jubilación anticipada, al estar vinculada con la edad ordinaria de jubilación.

Así, se puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 2 años antes (24 meses) de la edad legal ordinaria, por lo que será necesario haber cumplido:

  • 64 años y 6 meses para las personas que no hayan cotizado 38 años.

  • 63 años para las personas que tengan 38 años o más cotizados.

Además, hay que acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.

Jubilación anticipada involuntaria o forzosa

Respecto a la jubilación anticipada involuntaria o forzosa (por cese no voluntario en el trabajo), será posible acceder a la pensión hasta 4 años (48 meses) antes de la edad ordinaria:

  • 62 años y 6 meses si no se tiene 38 años cotizados.

  • 61 años si se ha cotizado 38 o más años.

Además, hay que acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 33 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.

Hay que encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo durante un plazo de, al menos, 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación. "En ambos casos, solo se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, o del servicio social femenino obligatorio, con el límite máximo de 1 año", explican desde el sindicato USO.

Edad de jubilación parcial

La edad de jubilación parcial sin contrato de relevo será la misma que la edad legal de jubilación ordinaria.

En cambio, la edad de jubilación parcial con contrato de relevo se retrasa y es:

  • de 64 años en el caso de disponer de 33 años o más cotizados.

  • de 62 años y 6 meses en caso de disponer 36 años o más cotizados.

Cobrar el 100% de la pensión en 2024

Para percibir el 100% de la pensión de jubilación, una persona necesita al menos 36 años y 6 meses cotizados. De lo contrario, se percibirá:

  • Con 15 años cotizados, se garantiza el 50% de la base reguladora.

  • El porcentaje aumenta a partir del año 16 un 0,19% por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18% los que rebasen el mes 248.

Para poder acceder a la jubilación ordinaria, se requiere haber cotizado al menos 15 años, 2 de los cuales deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante (discapacidad, desempleo...), pero se cobrará el 50 % de la pensión.

Cuántos años se tienen en cuenta para calcular la pensión

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Los últimos 25 años cotizados previos a la fecha de jubilación. Las últimas 24 bases de cotización, es decir, los 2 últimos años, se computarán según su valor nominal, mientras que todas las anteriores se actualizarán según la evolución de Índice de Precios al Consumo (IPC) durante todo ese período.

¿Cómo se calcula la cotización si se trabaja a tiempo parcial? De la misma manera que un trabajador a tiempo completo. "Cada día trabajado, independientemente del tipo de jornada o del número de horas, pasa a contarse como si fuera un día cotizado a tiempo completo de cara al cómputo de los periodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las prestaciones", añaden desde USO.