Hacienda

Hacienda: estas son las obligaciones de todos los propietarios de viviendas

La Agencia Tributaria ha mandado un aviso a todos los propietarios de vivienda para estar al tanto de sus obligaciones tributarias

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Una oficina de la Agencia Tributaria.

Una oficina de la Agencia Tributaria.

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Todos los propietarios de viviendas tienen una serie de obligaciones tributarias a la hora de vender los inmuebles. Así lo ha hecho saber la Agencia Tributaria en un mensaje en el que ha advertido a este colectivo sobre sus deberes con Hacienda. Además, también han recordado aquellas situaciones en las que estos contribuyentes no deberán abonar uno de los tres impuestos obligatorios al vender una casa.

Qué impuestos deben abonar los propietarios de viviendas

Hacienda determina que al terminar el proceso de venta, los propietarios deben abonar tres impuestos:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): se divide entre comprador y vendedor en función del tiempo de cada uno siendo propietario.

  • Plusvalía municipal: debe pagarse en 30 días hábiles tras la venta de la casa.

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): deberán informar sobre posibles ganancias patrimoniales en la próxima Declaración de la Renta.

Qué propietarios quedan exentos de pagar el IRPF

La Agencia Tributaria informa sobre aquellas situaciones en las que los propietarios pueden librarse de tener que pagar el IRPF al organismo tributario. Solo una parte de los propietarios puede quitarse este gasto:

  • Los propietarios mayores de 65 años

  • Personas en situación de dependencia

  • Personas que reinviertan el dinero de la venta en la adquisición de otra casa, en un plazo de dos años antes o después de la operación

Respecto a este último grupo de personas, uno de los requisitos es que tanto la casa adquirida como la vendida deben contar como vivienda habitual. Adicionalmente, el propietario debe haber residido en la casa vendida durante al menos 3 años. Si no se han obtenido ganancias patrimoniales por la venta, no es necesario declararlo en el IRPF.

Alternativas para no tener que abonar el IRPF

  • Dación en pago

Para llevar a cabo esta opción, se tiene que demostrar que la persona está en situación de insolvencia y que le faltan otros bienes en la Declaración.

  • Reinversión en vivienda habitual

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Solamente es necesario hacer explícita la voluntad de realizar esta opción y asegurarse de que ambas viviendas cumplan con los requisitos para ser vivienda habitual.

Cómo declarar la venta de una vivienda a Hacienda

Según aclara la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la casilla 1626 es en la que se debe incluir esta referencia, en caso de que existan actividades económicas dependientes de los domicilios transmitidos y estos sean accesorios a la vivienda habitual.