480 euros

Los motivos por los que el SEPE puede retirarte el subsidio de mayores de 52 años

Quienes reciben el subsidio para mayores de 52 años tienen la obligación de realizar una declaración anual de rentas

No puede rechazar un empleo si es adecuado y si lo rechaza le pueden retirar la ayuda

Guía de cómo pedir cita previa en el SEPE desde la web y por vía telefónica

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P. G.

Los parados de larga duración de entre 52 y 55 años pueden cobrar un subsidio por desempleo de 480 euros mensuales -80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)-.

Para ello debe cumplir una serie de requisitos como estar en paro, no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua, haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años y haber cotizado al desempleo al menos durante seis años en su vida laboral.

Para poder acceder a este subsidio y mantenerlo, únicamente se tienen en cuenta las rentas de la propia persona solicitante o beneficiaria y no las de su unidad familiar.

Algunas de las ventajas con las que cuenta esta ayuda es que se percibe hasta la fecha en la que se cumple la edad de jubilación ordinaria y no solo hasta la fecha del cumplimiento de la edad para jubilarse anticipadamente. Durante el tiempo que se perciba se cotiza para la jubilación y la base de cotización es del 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento, en lugar del 100%.

Obligaciones que se deben cumplir

La más importante es presentar cada año una declaración de las rentas acompañada de la documentación que las justifique. Si los ingresos del beneficiario no han superado en ningún mes el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrá tramitar la declaración anual a través de Internet en la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), siempre que disponga de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve.

Si no presenta esta declaración, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización.

Además, deberá cumplir las mismas obligaciones que las demás personas beneficiarias de prestaciones por desempleo. Entre estas obligaciones se incluye aceptar una colocación adecuada que le sea ofrecida por la oficina de empleo o por la agencia de colocación sin fines lucrativos.

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No puede rechazar un empleo si es adecuado y si lo rechaza, podría cometer una infracción grave y ser sancionado con la pérdida de su subsidio por desempleo.

Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años pueden cobrar también el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las Rentas de Inserción que gestionan las comunidades autónomas. Ambas, son prestaciones no contributivas y son compatibles con este subsidio siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos y no se supere el umbral del 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).