PENSIONISTAS

Este es el trámite que van a tener que cumplir algunos jubilados para cobrar la pensión

Para poder disfrutar de sus pensiones, los jubilados tienen que cumplir con una serie de obligaciones y procedimientos

Dos jubilados en un parque de Barcelona.

Dos jubilados en un parque de Barcelona.

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H.G.

La jubilación es el momento de descansar y disfrutar del tiempo libre después de tantos y tantos años de trabajo. Sin embargo, para poder disfrutar de sus pensiones, los jubilados tienen que cumplir con una serie de obligaciones y procedimientos. Uno de ellos es lo que se conoce como fe de vida.

Se trata de un documento que la Seguridad Social obliga a los pensionistas que residen fuera de España a entregar cada cierto tiempo para acreditar que siguen vivos y, así, poder seguir cobrando la pensión.

Los jubilados que residen fuera de España están obligados a mostrar este documento una vez al año dentro del primer trimestre: es decir, antes del 31 de marzo. Por su parte, los pensionistas que viven en España no deben presentar ninguna comunicación de fe de vida ni realizar ningún otro trámite para recibir su pensión.

Cómo obtener la fe de vida

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Tal y como explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, esta acreditación "consiste en remitir una fe de vida, que pueden obtener mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, o también se expiden en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde residan".

Asimismo, añaden, "se contempla la posibilidad de realizar la comparecencia por videoconferencia ante estas Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida el pensionista, con la finalidad de evitar el desplazamiento a los interesados".